22.4 Movimiento de Personal: Permutas. Cambio de Turnos

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
5Resolución 4491991

Aprueba las condiciones que deben reunir los docentes designados por concurso de Ingreso en establecimientos de Nivel Inicial y  Primario para solicitar ubicación transitoria o permutar su destino por las causales que figuran en el anexo I. Los docentes comprendidos deben previamente haber efectivizado la toma de posesión en las fechas oportunamente  establecidas para tal fin.

4Resolución Anulada 24321989Permuta jurisdiccionales para interinos y suplentes.
3Resolución Derogada Por artículo 220 de la Ley 4819 11371977

Establece que la jerarquía y denominación de los cargos de los ARTÍCULOS N° 32 y N° 33 DE LA LEY N° 391 Buscar ley, son los  que surgen de los respectivos escalafones en las distintas ramas de la enseñanza. Determina cargos de la misma jerarquía y denominación. Considera cargos equivalentes.

Establece la jerarquía, denominación, categoría y equivalencia entre diferentes cargos para el traslado y permuta  del personal docente.

2Resolución Derogada Por Decretos N° 384/96; 92/97 y 311/08 11171973

Adhiere a los Convenios de Traslados Provisorios, Permutas y Traslados definitivos Interjurisdiccionales,  formalizados el 27 de Marzo de 1973 en la Ciudad de Córdoba. Excluye el Nivel terciario. - Ratifica Ley 907 Buscar ley.

1Ley 3911964

Estatuto del Docente - ARTÍCULO N° 32º Ley 391 Buscar ley

Establece el derecho a solicitar el cambio de destino - Permuta -  en cargos de igual jerarquía, denominación y categoría  y hacerlo efectivo en cualquier época del año, previa autorización del Consejo Provincial de Educación.

 

CUADRO SOBRE PERMUTAS JURISDICCIONAL E INTERJURISDICCIONAL

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