17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones

Resolución 53 del año 2008

Numero de la legislacion : 
53
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2008

Consejo Federal de Educación - Encomienda al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN la elaboración de un proyecto de resguardo documental de los títulos y certificaciones  de estudios, correspondientes a la conclusión de la Educación Secundaria y la Educación Superior. El Proyecto deberá realizarse en un plazo de 30 días a partir del 29 de mayo de 2008.

Resolución 46 del año 2008

Numero de la legislacion : 
46
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2008

Consejo Federal de Educación - Aprueba  el documento “Objetivos y Acciones 2008 de Formación Docente”, que como anexo forma parte integrante de la presente medida.

Resolución 45 del año 2008

Numero de la legislacion : 
45
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2008

Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento “LINEAMIENTOS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL – PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - LEY NACIONAL Nº 26.150 Buscar ley, que como anexo forma parte integrante de la presente medida, en el marco la Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 y la Ley Nº 26.150 que reconocen a los niños, niñas y adolescentes como sujetos portadores de derechos, tomando en consideración las distintas etapas evolutivas.

Resolución 345 del año 2007

Numero de la legislacion : 
345
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

CONVOCA a la Unidad de Evaluación Provincial, PARA LA ACREDITACIÓN DE LA CARRERA "Profesorado en CIENCIAS TECNOLÓGICAS”, modalidad presencial, del Instituto Terciario SENECA, de Gestión Privada.

Resolución 1166 del año 2007

Numero de la legislacion : 
1166
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

RATIFICA el plan de estudios aprobado por Resolución N° 4284/02 Anexo I (Postítulo “Especialización en Educación Rural”). Determina que los espacios curriculares aprobados en el Anexo I de la Resolución 4284/02, comprenden los trayectos que se especifican en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución y que figuran como espacios específicos.

Resolución 1923 del año 2007

Numero de la legislacion : 
1923
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

Ratifica el dictamen N° 792/06de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de ofertas de Educación a Distancia que establece la Aprobación Plena, para la carrera de “Profesorado en Educación Inicial, Primero y Segundo Ciclo de la EGB en Inglés” del Instituto de Formación Docente Continua Lenguas Vivas de San Carlos de Bariloche, cuyo plazo de vigencia es de cuatro años. 

Resolución 1924 del año 2007

Numero de la legislacion : 
1924
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

Ratifica el dictamen N° 785/06de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de ofertas de Educación a Distancia que establece la Aprobación Plena, para la carrera de “Profesorado en Tercer  Ciclo de la EGB y Educación Polimodal en Inglés” del Instituto de Formación Docente Continua Lenguas Vivas de San Carlos de Bariloche, cuyo plazo de vigencia es de cuatro años. 

Resolución 2012 del año 2006

Numero de la legislacion : 
2012
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2006

Aprueba el Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Psicología cuya denominación del Título será “Profesor de Psicología”.

Resolución 41 del año 2008

Numero de la legislacion : 
41
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2008

Aprueba  para la discusión el documento “Objetivos y Acciones 2008”, conforme el artículo 10º del Reglamento de Funcionamiento de este cuerpo, que como anexo, forma parte integrante de la medida. Que conforme a lo establecido por la Ley de  Educación Nacional en su artículo 76, el INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE asume la función de planificar y ejecutar políticas de articulación del sistema de formación docente inicial y continua.

Decreto Nac. 144 del año 2008

Numero de la legislacion : 
144
Tipo de Legislacion: 
Decreto Nac.
Año: 
2008

Otorga, para la cohorte 2008, validez nacional a los títulos y  certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de todos los niveles y modalidades de la educación, previstos por la Ley Nº 26.206. La validez nacional deberá considerarse hasta finalizar la totalidad de la carga horaria, requisitos y condiciones. La validez nacional otorgada tendrá vigencia previa legalización de los títulos y certificaciones por la autoridad educativa competente de la jurisdicción, la que deberá certificar: a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, bajo los requisitos establecidos a estos efectos por el MINISTERIO DE EDUCACION, para los estudios de Formación Docente. c) El reconocimiento jurisdiccional expreso de las instituciones, para el caso de la Educación Técnico Profesional. Establece que los títulos y certificaciones que legalice la autoridad de la jurisdicción  deberán expresar en su cuerpo la normativa jurisdiccional que aprueba su plan de estudios y que la validez nacional fue otorgada por el presente decreto.  Para la Formación Docente, deberá consignarse, además, la identificación de inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. A partir de la cohorte 2009, la validez nacional de los títulos y certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, jurisdiccionales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Secundaria, será otorgada, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:  a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inclusión en el diseño curricular de los contenidos curriculares comunes y/o los núcleos de aprendizaje prioritarios correspondientes al nivel y a los años de escolaridad obligatoria, definidos por el MINISTERIO DE EDUCACION, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, y los que se definan en el marco de la Ley de Educación Nacional. c) La escolaridad cumplida, respetando la opción de estructura de niveles primario y secundario elegida por la jurisdicción, de acuerdo al artículo 134 de la Ley de Educación Nacional. Determina criterios para la validez Nacional de Títulos a partir de la cohorte 2009, para estudios presenciales y/o a distancia.

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