40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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54 | Resolución | 270 | 1999 | Subsecretaría de Trabajo- Ordena al CPE la reliquidación de los haberes de los docentes correspondientes al mes de Junio /96 con motivo del descuento de un día de paro. |
53 | Resolución | 3866 | 1998 | Consejo Provincial de Educación - Determina que el salario diario del cargo de un trabajador docente mensualizado, que se tomará en cuenta para los descuentos de inasistencias, surgirá de dividir sus haberes por la cantidad de treinta días. Deroga EL PUNTO 1º DEL ANEXO I de la Resolución 470/93 del CPE. |
52 | Resolución | 2704 | 1998 | Consejo Provincial de Educación - Suspende hasta su definición en el ámbito paritario correspondiente la aplicación de la Resolución 1057/96. |
51 | Resolución | 301 | 1998 | Consejo Provincial de Educación- Resuelve descontar los días de adhesión a los paros decretados por la UnTER en fecha 7 y 30 de abril de 1998. |
50 | Resolución | 3 | 1998 | Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Homologa los acuerdos en el marco de la Paritaria Docente de fecha 20 de Marzo de 1998 – Régimen de Licencias e Inasistencias. |
49 | Recomendación | 1899 | 1997 | OIT – Organización Internacional del Trabajo- En reunión de Junio de 1997 el Comité pidió al Gobierno de Río Negro que tomara las medidas necesarias para que se derogara la Resolución Nº 203/96 dictada por el CPE de la Prov. de Río Negro, que permite la contratación de trabajadores durante una huelga de Trabajadores Docentes. Reitera además que la decisión final de declaración de ilegalidad de las huelgas no debería ser pronunciada por el gobierno, particularmente en aquellos casos en que éste es parte en un conflicto, el Comité pide al Gobierno que tome medidas para que se modifiquen los decretos núms. 222/96 y 329/96 dictados por el Poder Ejecutivo de la provincia de Río Negro, de manera que no sea el propio Gobierno quien decida sobre la legalidad o ilegalidad de una huelga en la función pública, sino las autoridades judiciales o un órgano independiente. El Comité pide al Gobierno que se asegure de que el Consejo de Educación de la Provincia de Río Negro (CEP) respete los acuerdos paritarios pactados y que se utilicen los procedimientos legales si desea renegociar tales acuerdos. |
48 | Resolución | 1304 | 1997 | Consejo Provincial de Educación - deroga la Resolución 203/96, en función de que el Comité de Organización Internacional de trabajo (OIT) ha invitado al Consejo de Administración de dicho Organismo, a que apruebe una recomendación para que la Resolución Nº 203/96 sea derogada. |
47 | Resolución | 3 | 1997 | Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Homologa los acuerdos en el marco de la Paritaria Docente - Convocatoria a concurso de ingreso en todos los Niveles y Modalidades. |
46 | Resolución | 2 | 1997 | Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Homologa los acuerdos en el marco de la Paritaria Docente de fecha 15 de Abril de 1997– Conformación de tres comisiones de Trabajo: para el análisis de las Resoluciones de cierre de cargos, supresión y fusión de Establecimientos, cargos y secciones; estudio del Régimen de Licencias y la Organización del Censo Escolar. |
45 | Resolución | 1 | 1997 | Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Homologa los acuerdos en el marco de la Paritaria Docente de fecha 30 de Abril de 1997– sobre recuperación pedagógica. |
44 | Decreto | 329 | 1996 | Modifica el artículo 5º del Decreto 222/96 . |
43 | Decreto | 222 | 1996 | Determina que las medidas de acción directa que lleven a cabo los agentes dependientes de la administración pública, se regirán por las disposiciones del presente decreto. |
42 | Decreto Nac. Modificado Por Decreto Nacional N°73/22 | 1169 | 1996 | Conciliación Obligatoria Aprueba la reglamentación de la Ley N° 24.635, de acuerdo a lo que se determina en los Anexos I y II que forman parte del presente decreto. MODIFICADA O COMPLEMENTADA (por las normativas que se detallan) |
41 | Decreto Nac. | 658 | 1996 |
Aprueba el Listado de Enfermedades Profesionales, previsto en el artículo 8º, inciso 2, de la Ley Nº 24.557. |
40 | Decreto Nac. | 150 | 1996 |
Reglamenta el servicio de telegrama y carta documento previsto en la Ley Nº 23.789. |
39 | Ley Nacional reglamentada por Decreto Nacional N° 1169/96 | 24635 | 1996 | Procedimiento laboral. Conciliación obligatoria previa. Modificación de la ley 18.345 . Sanción: 10 abril 1996 - Promulgación: 26 abril 1996. Publicación: B. O. 3/5/96.
Los reclamos individuales y pluriindividuales que versen sobre conflictos de derecho de la competencia de la justicia nacional del trabajo, serán dirimidos con carácter obligatorio y previo a la demanda judicial, ante el organismo administrativo creado por el art. 4º de esta ley, el que dependerá del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. |