27.2 Planta Funcional: Nivel Primario y sus Modalidades

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
51Resolución vinculada a la Resolución N° 110/97 y N° 902/09 14892023

Que resulta imprescindible elaborar una nueva norma legal para la Modalidad Primaria de Jóvenes y Adultos/as, teniendo en cuenta la normativa que establece la conformación de las Plantas Orgánicas Funcionales, la organización escolar y los criterios físicos y pedagógicos relacionados con variación de matrícula, fluctuación, permanencia, desgranamiento y flexibilidad en las trayectorias escolares. DEJA SIN EFECTO, a partir de la presente, la Resolución N° 110/97 CPE, y exceptúa de toda norma que vincule a la Modalidad Primaria de Jóvenes y Adultos/as y se oponga a la presente, por los considerandos expuestos. APRUEBA, a partir de la presente, los criterios pedagógicos para la creación, cierre y fusión de secciones pedagógicas en la modalidad Primaria de Jóvenes y Adultos/as, que serán los que establecen en el ANEXO I de la presente. AMPLIA los criterios a utilizar para las supresiones de los puestos laborales referidos a cargos de maestro/a de ciclo de la modalidad Primaria de Jóvenes y Adultos/as, aprobados mediante Resolución N° 902/09 CPE, que serán los que se establecen como ANEXO II de la presente. Para la supresión de cargos de maestro/a de ciclo de las Escuelas de Educación Básica de Jóvenes y Adultos/as, se tendrá en cuenta el orden de mérito para el cargo, vinculado al CUE/ANEXO, emitido por la Junta de Clasificación para la Enseñanza Primaria, y los criterios generales establecidos en el Anexo III de la Resolución N° 902/09.

 

50Resolución 39332018

ESTABLECE que, a partir de la presente, el cargo Auxiliar Docente de las Escuelas Hogares, se denomine “Maestro/a Auxiliar Docente de Escuela Hogar”.

INCORPORA el cargo de Maestro/a Auxiliar Docente de Escuela Hogar al escalafón, para acceder a los cargos de ascenso en las Escuelas Hogares. ENCOMIENDA a partir de la presente resolución a la Junta de Clasificación para la Enseñanza Primaria incluir a los Maestros/as Auxiliares Docentes de las Escuelas Hogares en los listados de Ascenso de las Escuelas Hogares de la Provincia.

DETERMINA que la Junta de Clasificación para la Enseñanza Primaria debe rectificar del Artículo 2° Anexo I de la Resolución N° 2200/15, del formulario destinado a la Inscripción para Interinatos y Suplencias e Ingreso a la Docencia para el Nivel Primario.

HOMOLOGA la presente resolución ante la Secretaría de Estado de Trabajo.

49Resolución 44832015

DEROGA en todos sus términos las Resoluciones Nº 3042/11 y 703/13, por Los considerandos expuestos.

48Resolución 24182015

RECTIFICA el Anexo II de la Resolución Nº 1877/15 ya que  en el Anexo II de la Resolución Nº 1877/15, REFERENTES ESCOLAR TICs PUESTO DE TRABAJO, debió considerarse solo horas reloj semanales por el rol que debe cumplir.

47Resolución 22402015

RECTIFICA el Artículo 3º de la Resolución Nº 1877/15 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

El docente debe cumplir dos (2) años como mínimo de desempeño efectivo en el cargo de Referente Tics o tener aprobado los últimos dos proyectos  años 2014 y 2015, en la misma función en el mismo o diferente ID, considerándose el último cargo para su interinato, con fecha limite la Asamblea de Interinatos y Suplencias año 2016. ESTABLECE que ante la falta de Conceptos Profesionales, se considera como tales las evaluaciones de su desempeño con las que cuentan anualmente, realizadas por los Directivos de los Establecimientos, para posterior inscripción en Juntas de acuerdo a la normativa vigente. DETERMINA la equivalencia al cargo de Referente Tics equiparando el Cargo de Ayudante de Clases y Trabajos Prácticos en Informática o Computación para participar de los diferentes Movimientos de Traslados, Acumulación y reincorporación. Se  emitirá norma legal, que establezca el CUE, Establecimiento , ID, Nombre y Apellido Turno y Vacante de Creación que ocupa el referente, que pasa a revistar como interino teniendo en cuenta la presente Resolución.

46Resolución Vinculada a Resolución N°2839/15 y N°5120/21 20352015

DEROGA a partir de la presente la Resolución Nº 35/13 y toda otra norma que se oponga a la presente.

La  implementación de la Jornada Completa se hará gradualmente, con el pedido y acuerdo de la comunidad educativa para ingresar al nuevo formato y con la garantía de parte del Ministerio de Educación de contar con las condiciones necesarias y suficientes de insumos e infraestructura.

APRUEBA los Fundamentos y Principios Políticos Educativos de la Educación Primaria y la Organización de los tiempos escolares de acuerdo a los lineamientos pedagógicos curriculares establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución. La Organización Escolar de las Escuelas de Jornada Extendida, Jornada Completa, Hora Más y Jornada Simple,  se fija en el ANEXO II de la presente.Las  Plantas Orgánicas Funcionales para cada formato se determinan en el ANEXO IIILos  criterios pedagógicos y físicos para la Apertura, Fusión, Desdoblamiento y Cierre de Secciones en la Educación Primaria y sus Modalidades se establecen en el ANEXO IV de la presente, teniendo en cuenta los procesos de inclusión de niñas y niños.El desarrollo curricular de la Educación Primaria se realizará de manera participativa y sistemática, conformando a tal efecto una Comisión de Evaluación y Seguimiento, integrada por representantes de la Dirección de Educación Primaria y de la UnTER. Las partes acordarán los criterios y dispositivos para su implementación.Los  Criterios de Evaluación, Acreditación, Certificación, Promoción y Exámenes Libres de los estudiantes para toda la Educación Primaria Común y sus modalidades establecidos en el ANEXO V. Establece criterios para cierre de cargos, apertura, horas institucionales y deroga Resoluciones.
45Resolución Modificado Ampliada por Resolución N° 1927 y 1928/15 y 2240/15 y 2418/15 18772015

DEJA SIN EFECTO la Resolución N° 21/07 que creó con carácter experimental y en forma progresiva, la figura de Referentes Institucionales TIC`s en los establecimientos escolares. ENCUADRA el cargo TIC`s en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Ley 4819 Buscar ley y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo según las pautas fijadas en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolución. A  partir de la presente, quienes se desempeñan como Referentes TIC`s, y poseen una antigüedad no menor a dos (2) años en el mismo cargo, pasan a revistar en carácter de interinos AD REFERENDUM DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN.  ESTABLECE  que a partir de la presente las creaciones y supresiones de dichos Cargos se encuadrarán en la Resolución N° 548/13 C.P.E. y  que con carácter de excepcionalidad por lo que resta del ciclo Lectivo 2015 la designación de los Referentes Escolar TIC`s (RET) será condicional hasta un día antes de la Asamblea Presencial de Interinatos y Suplencias año 2016 y será facultad exclusiva del Consejo Provincial de Educación, según lo establecido en el Anexo III. La  inscripción de los Referentes Escolares TIC`s (RET) en las Juntas de Clasificación se hará según lo establecido en el Calendario Escolar Año 2015-2016 - Resol N°4080/14 y, las designaciones de los mencionados cargos se ajustarán a la Resolución Nº 1080/92 - TO 100/95.

DETERMINA que la designación de los cargos Referentes Escolares TIC`s Zonal (RETZ), será facultad del Consejo Provincial de Educación a propuesta de los Consejos Escolares.  A  partir de la presente resolución la Comisión de Títulos deberá iniciar el proceso de análisis de títulos inherentes al cargo de Referente

Escolar TIC`s, a desempeñar para determinar su competencia y la Dirección de Planeamiento, Educación Superior y Formación dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, elaborará la propuesta de Capacitación correspondiente. ESTABLECE que la Comisión de Política Educativa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo será la encargada de elaborar las Bases para un Concurso de Titularizaciones de Referentes TICs, con el requisito previo de aprobación de la Capacitación.

ANEXOS I-II-III DE LA RESOLUCIÓN

44Resolución 29382014

CREA el cargo de Secretario en las Escuelas de Educación Primaria de la Provincia de Río Negro, en todas sus modalidades, según las Resoluciones Nº 35/13 y las que reglamentan la Educación de Adultos (Plantas Orgánicas Funcionales). DETERMINA que al cargo de Secretario le corresponderá una valoración de ochenta (80) puntos más a los establecidos para el cargo de Maestro de Grado Jornada Simple, a los fines de su incorporación al nomenclador docente, y al pago de los haberes correspondientes.

43Resolución 5482013

APRUEBA  el procedimiento administrativo que se detalla y forma parte del Anexo I de la presente resolución para las Creaciones y  Supresiones, Actualización de Plantas Orgánicas Funcionales y Plantas Orgánicas  Nominales.  DEROGA  toda normativa que se oponga a la presente.

42Resolución Anulada por Resolución N° 2035/15. 352013

APRUEBA  fundamentos y principios políticos EDUCATIVOS de la Educación Primaria y la Organización de los tiempos escolares de acuerdo a los lineamientos pedagógicos curriculares establecidos en el  ANEXO I de la presente Resolución. La  implementación de la Jornada Completa se hará gradualmente teniendo en cuenta criterios de factibilidad, Necesidades Básicas Insatisfechas e Infraestructura. La  primera etapa de implementación de la Jornada Completa en los establecimientos se detalla en el ANEXO II de la presente.

A  partir de la presente con carácter transitorio la Organización Escolar de las actuales Escuelas de Jornada Extendida, Jornada Completa, Hora Más y Jornada Simple, fijada en el ANEXO III . Las Plantas Orgánicas Funcionales para cada modalidad determinada figuran en el ANEXO IV.   APRUEBA los criterios físicos y pedagógicos para la Apertura, Fusión,  Desdoblamiento y Cierre de secciones en la Educación Primaria y sus modalidades establecidos en el ANEXO V  de la presente.

El  desarrollo curricular de la Educación Primaria será evaluado de manera participativa, integral y sistemática con los dispositivos diseñados a los efectos por la Dirección de Educación Primaria.  Los  Criterios de Evaluación, Acreditación, Certificación, Promoción y  Exámenes Libres de los estudiantes para toda la Educación Primaria Común y sus  modalidades se establecen  en el ANEXO VI  de la presente.

 ESTABLECE  que ante el cierre de cargos de Jornada Simple y apertura de cargos  de Jornada Completa los ofrecimientos se realizarán de acuerdo a lo establecido en la Ley 391 Buscar ley Capítulo IV - Del Escalafón; Artículo 8º, y Capítulo VIII- De la Estabilidad Artículos 24º  EXO VI nexo VI de la presente.-y 25º teniendo en cuenta las consideraciones que se detallan.  ESTABLECE que las horas institucionales – espacio de trabajo colectivo están destinadas a la planificación, seguimiento y acompañamiento a los alumnos, trabajo con los padres, articulación, y talleres de formación. Para el período lectivo 2014  la Junta de Clasificación para la enseñanza primaria realizará el llamado a inscripción para los cargos de maestro de idioma inglés, de danza, de teatro y de artes audiovisuales en las fechas establecidas en la normativa vigente. En  el ciclo lectivo 2013   la inscripción para Inglés, danza, teatro y artes audiovisuales se realice en listado interno en cada supervisión.-

ESTABLECE  que los docentes titulares e interinos de las escuelas que ingresen, que estén en uso de licencia en el marco de la Resolución Nº

233/98 y Acuerdos Paritarios tendrán derecho a retener el cargo por el tiempo que establece la normativa vigente. DEROGA a partir de la presente las Resoluciones Nº 1141/83, 1813/89, 2545/90; 57/97; 1313/97; 1158/97; 4057/02, 787/06, 959/08, 960/08, 453/09; 1851/10; 1730/10 y 14/11 ; el Artículo 3º de la Resolución Nº 3700/12;  los Artículos 22°,23° y 24° de la Resolución Nº 1348/07 y limitar su alcance a las residencias escolares de educación primaria y secundaria; los Artículos 1°,2° y 3° de la Resolución Nº 2815/88 y el Anexo IV de la Resolución Nº 2091/92 de las Plantas Orgánicas Funcionales de las Escuelas Primarias Comunes y Hogares. La  presente norma tendrá vigencia a partir del período escolar 2013 y en forma sucesiva hasta su implementación total en toda la Educación Primaria.

 

41Resolución Modificado Resolución Ratificada por Resolución N° 548/13. Modificada por Resolución N° 1170/13. Artículo 10° rectificado por Resolución N° 2519/14. 34382011

DEROGA las Resoluciones Nº 1331/90; 855/93; 405/95; 106/96; 1081/96; 1845/96; 192/97; 1226/03 y el artículo 4º de la Resolución Nº 1713/97.

Aprueba  a partir de la presente, los Lineamientos para la Inclusión de los alumno/as con discapacidad en Establecimientos Educativos de Nivel Inicial, Primario y Medio que como Anexo I forman parte de la presente resolución. DEROGA  en la Resolución Nº 364/92 “Perfil de Prestación de la Educación Especial” lo referente a las Misiones y Funciones del Maestro Integrador.

Establece condiciones de inclusión, trayectorias escolares, promoción y certificación.

40Resolución Derogada Por Resolución 703/13, se suprimen los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de Trayectorias Escolares. Por Resolución n° 4483/15 30422011

APRUEBA  el Proyecto “Fortalecimiento de las Trayectorias Escolares para el Nivel Primario”, que como Anexo I forman parte de la presente.

CREA  los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de las trayectorias Escolares en los Establecimientos que cumplen con las condiciones establecidas en el Proyecto aprobado en el artículo 1º y que figuran en el Anexo II de la presente.-

CONDICIONES QUE DEBE REUNIR:

Se designara el cargo, en orden de prelación, a saber:

_ Maestro/ a de Grado Titular de la institución.

_ Maestro/a de Grado Interino.

_ Maestro/a de Grado Suplente.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

·         El Supervisor y el Equipo Directivo establecerán quienes son los docentes que reúnen las condiciones para ocupar el cargo.

·         Los docentes y el Equipo Escolar seleccionarán uno entre aquellos que reúnan las condiciones y esté interesados. Cuando la institución funciona en ambos turnos se podrá seleccionar uno para cada turno. La cantidad de docentes seleccionados dependerá del número de secciones que tenga en cada turno.

·         La institución dejará sentado todo el procedimiento de selección realizado en acta.

·         La designación será hasta el 31 de diciembre de cada año, enmarcada en el presente Proyecto y por Disposición interna de la Supervisión correspondiente.

39Resolución Ampliada por Resolución N° 1489/23 para Educ. de Jóvenes y Adultos 9022009

APRUEBA  los criterios a utilizar para la supresión de los puestos laborales referidos a cargos en los Niveles Inicial, Primario (en todas sus Modalidades) y Medio indicados en el ANEXO I de la presente Resolución y para a secciones y/o divisiones en el Nivel Medio indicados en el ANEXO II de la presente Resolución.

38Resolución Derogada por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 9602008

DEROGA la Resolución N° 788/06 y su Anexo. APRUEBA la grilla de cargos/ horas que conformará la Planta Orgánica Funcional que como Anexo I forma parte de la presente. ESTABLECE que la aprobación de la Planta Orgánica Funcional de cada  escuela que ingresa al Proyecto, podrá efectivizarse en forma gradual, sujeta a la disponibilidad presupuestaria y/ o financiera.  ESTABLECE que el personal directivo designado con jornada completa deberá efectuar la correspondiente tramitación de licencia por mayor carga presupuestaria Art. 15º - Resolución N° 233/P/98. La  designación de los docentes y talleristas en los  cargos/ horas en las Escuelas de Jornada Extendida serán considerados “a término”.

37Resolución Anulada por Resolución N° 1877/15 y Resolución N° 2240/15 212007

Crea con carácter experimental la figura de REFERENTE INSTITUCIONAL TICs en los Establecimientos Escolares. Establece equivalencias en cada Nivel respecto a los cargos establecidos en el Decreto Provincial Nº 1095/92. Determina funciones y perfiles en el ANEXO I. Establece que la designación estará a cargo del Supervisor y que estos cargos son a término por período anual, en función del cumplimiento satisfactorio de las evaluaciones periódicas y determina que mientras continúe la presente figura de TICs no se crearán más cargos bajo la modalidad de Ayudantes de Clases y Trabajos Prácticos en Informática.

36Resolución Anulada por Resolución N° 960/08 7882006

Aprueba la grilla de cargos/horas que conformará la Planta Orgánica Funcional de las Escuelas Incluidas en el Proyecto de “Jornada Extendida”.

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