Ley Nacional 18575 del año 1970
Esta ley establece las previsiones tendientes a promover el crecimiento sostenido del espacio adyacente al límite internacional de la República, que a estos efectos se considerará Zona de Frontera para el desarrollo.
Las vacantes de cargos docentes o de funcionarios públicos nacionales, provinciales y municipales en la zona de frontera deberán ser cubiertas por argentinos nativos o naturalizados, con seis (6) años de ejercicio de la ciudadanía como mínimo.
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| Ley 18575 (ZONA Y AREAS DE FRONTERA).pdf | 100.76 KB |






