Ley 3234 Anulada del año 1998
Establece el pago de sellados en toda acción judicial. En los reclamos de origen laboral y/o previsional que se encuentren en trámite se exigirá su pago, determinando que si no se abona implicará el desistimiento del recurso intentado.
Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270
y 4312 (Año 2007)






