Numero de la legislacion :
744
Estado de la legislación:
Anulada
Agrega al artículo 7°, III, de la Ley 391
, Escuelas del GRUPO “F” y al artículo 45 de la misma Ley, el valor de 100%.
Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270
y 4312 (Año 2007)