Establece una sanción de multa de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) a toda persona que no acatare o manifestare resistencia a las disposiciones, ordenes, instrucciones o protocolos emitidos por el Ministerio de Salud, en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta ante la situación de Coronavirus COVID- 19, en todo el territorio de la provincia de Río Negro.
Declara la emergencia sanitaria en todo el territorio de la provincia de Río Negro en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, plazo que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica.
CASO CONFIRMADO: Establecer que ante la confirmación médica de un caso de Coronavirus (COVID-19) que afecte a personal directivo, docente, auxiliar o no docente, o estudiantes de un establecimiento educativo, deberá procederse a la suspensión de clases y cierre de dicho establecimiento por el plazo de CATORCE (14) días corridos, a partir de la notificación del caso confirmado.
EMERGENCIA SANITARIA: Amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
Declara el estado de alerta sanitaria para sensibilizar la vigilancia epidemiológica en el territorio de Rio Negro en orden a la situación existente con el COVID 19 (nuevo Coronavirus)
Aprueba la Reglamentación de la Ley N° 26.689 sobre el Cuidado Integral de la Salud de las Personas con Enfermedades Poco Frecuentes (EPF) que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
Legales – Subsecretaria de Administración y Asuntos Legales
Respuesta a Nota N° 4682/18 del CPE
En tal sentido, el juego armónico de las normas citadas resulta claro y contundente que no siendo agentes dependientes del Estado Provincial, no se encuentran incluidos dentro de la Ley 5059, los agentes que trabajan en establecimientos Educativos no estatales.
En acta Paritaria del 22 de Febrero de 2011 la CTERA acepta las recomendaciones básicas de prevención elaboradas por la Superintendencia de Riesgo del Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, empleo y seguridad Social para las Escuelas del País.