10.5 Derechos del Niño y del Adolescente. Tratados Internacionales
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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42 | Resolución Anulada por Resolución N° 1537/17 | 3106 | 2012 |
APRUEBA el proyecto de “SERVICIO DE EDUCACIÓN POS – PRIMARIA PARA ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD MÚLTIPLE”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. INICIA la primera etapa de su puesta en marcha en el corriente año, en instalaciones de la Escuela de Educación Especial Nº 7 en jornada simple de 4 hs. Diarias durante el turno mañana.
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41 | Resolución Derogada por Resolución N° 2498/14 | 2746 | 2012 |
DEROGA la Resolución Nº 850/92 y toda otra norma que se oponga a la presente. APRUEBA a partir de la presente, los Lineamientos, orientaciones y regulaciones sobre la Convivencia Escolar para la Educación Secundaria, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, de acuerdo a la Ley Nacional Nº 26206 y la Ley Provincial Nº 4737. Aquellas instituciones que no logren concluir en los tiempos estipulados la presentación de los Acuerdos Escolares de Convivencia, la Dirección de Educación Secundaria enviará un Acuerdo Escolar de Convivencia evaluado y aprobado perteneciente a una institución de características similares para que se utilice como marco normativo, hasta en tanto puedan elevar el propio para su evaluación y aprobación definitiva. Una vez construidos los Acuerdos Escolares de Convivencia, el Equipo Directivo elevará al Supervisor correspondiente para su evaluación y aval, quien, a su vez, enviará a la Dirección de Educación Secundaria para la aprobación del mismo por Resolución. A partir de la presente, el Reglamento para la convocatoria, integración y constitución de los Consejos Escolares de Convivencia, que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.
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40 | Resolución | 1385 | 2012 | Deja sin efecto en todos sus términos la Resolución Nº 2364 /11. APRUEBA la creación de la Actividad “Taller de Bandas” que compone la oferta extracurricular de los Clubes Escolares, destinada a los/as alumnos/as de las Escuelas Secundarias de Nivel Medio, Escuelas de Educación Especial y de Formación Laboral y Cooperativas de la Provincia de Río Negro, cuyo detalle de fines y Propósitos obra en el Anexo I de la presente Resolución. APRUEBA la nómina de escuelas que están en condiciones de designar un tallerista para la implementación del Taller de Bandas como actividad de los Clubes Escolares, de acuerdo al Anexo II. APRUEBA la Estructura de cargos correspondiente al Taller de Bandas, dando cuenta de las misiones y funciones de los Coordinadores Zonales, el Equipo Técnico Zonal y de los Talleristas de las escuelas, que se detallan en el Anexo III de la presente Resolución. |
39 | Resolución Anulada CLUB ESCOLAR-Por Resolución N° 697/13, DEJA SIN EFECTO el Anexo I de la Resolución Nº 1384/12- ANULADA por Resolución N° 1501/14 | 1384 | 2012 |
APRUEBA el Programa “Club Escolar” desarrollado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución. Dispositivo para todos los estudiantes de los Niveles Inicial, Primario, Pos primarios, Secundario, Jóvenes y Adultos y Educación Especial de la Provincia de Río Negro. |
38 | Resolución Anulada por Resolución N° 539/13 | 661 | 2012 |
DEROGA la Resolución Nº 1992/10 presente en el primer cuerpo de este expediente y APRUEBA la Normativa Jurisdiccional del Proyecto “Centros de Actividades Infantiles” (CAI) expresada en el Anexo I de la presente. DESIGNA al Equipo Jurisdiccional responsable de la implementación y evaluación del Proyecto, APRUEBA la Normativa Jurisdiccional para la designación de los equipos institucionales en cada una de las sedes, según lo establecido en el Anexo I de la presente resolución, el listado de las 15 sedes de la primera etapa donde funcionarán los CAI que como Anexo II forma parte de la presente resolución. APRUEBA el Anexo III de la presente resolución que establece el protocolo para la elaboración de los proyectos socioeducativos CAI y los criterios de evaluación de los mismos y el instructivo de Rendición de Aportes CAI, explicitado en el Anexo IV de la presente. |
37 | Resolución Modificado por Resolución N° 673/12 - EPJyA- | 445 | 2012 |
DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 1211/11 y sus Anexos I y II que “crea espacios de cuidado y recreación en los establecimientos educativos de Nivel Medio – modalidad Jóvenes y Adultos”. CREA Centros Infantiles para los/las niños/niñas que deban concurrir con sus padres/madres a los establecimientos educativos de Nivel Secundario de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos en un todo de acuerdo con el Anexo I de la presente, cuando la institución educativa lo solicite y cuente con lugares físicos para implementarlo. DETERMINA que la edad de los /las niños /niñas que concurran a los Centros Infantiles, será desde un (1) año cumplido hasta los ocho (8) años de edad, salvo que un caso debidamente fundado se requiera asistencia más temprana o más tardía. CREA la figura de Equipo de Coordinación del Centro Infantil, a cargo del cuidado de los/las niños/niñas equivalente a un (1) cargo de Maestro de Grado de Escuela Primaria Común y un (1) cargo de Maestro de Sección de Nivel Inicial de acuerdo a la normativa vigente. CREA la figura de Auxiliar de Cuidado, quien acompañará a los Equipos de Coordinación a cargo del Centro Infantil, equivalente al cargo de Preceptor de Jardín Maternal de acuerdo a la normativa vigente. |
36 | Resolución | 174 | 2012 |
Consejo Federal de EDucación Aprueba el documento: “Pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las trayectorias escolares, en el nivel inicial, nivel primario y modalidades, y su regulación”, que como Anexo I, forma parte de la presente resolución. |
35 | Resolución | 170 | 2012 | Ministerio de Educación – Consejo Federal de Educación Constituye al Comité Ejecutivo de este cuerpo como Comisión de trabajo, con el objeto de desarrollar acciones conjuntas con la Cartera Educativa Nacional para la producción de estudios y aportes relativos al ausentismo de docentes y estudiantes, se expida sobre el estado de situación y elabore propuestas de trabajo. |
34 | Resolución Anulada por Resolución N° 445/12 | 1211 | 2011 |
CREA Espacios de Cuidado y Recreación para los/las niños/niñas que deban concurrir con sus padres/madres/tutores a los establecimientos educativos de Nivel Medio-Modalidad Jóvenes y Adultos en un todo de acuerdo con el Anexo I de la presente, cuando la institución educativa lo solicite y cuente con lugares físicos para implementarlo. La edad de los /las niños /niñas que concurran a los Espacios de Cuidado y Recreación, será desde un (1) año cumplido hasta los ocho (8) años de edad, salvo que un caso debidamente fundado requiera asistencia más temprana. CREA la figura de Referente a cargo del cuidado y recreación de los/las niños/niñas equivalente a 1.100 puntos de acuerdo al Decreto 1095/92, |
33 | Resolución Relacionada con la Resolución N° 174/12 del CFE | 154 | 2011 |
Consejo Federal de Educación Aprueba para la discusión, conforme lo establece el artículo 10º del Reglamento de Funcionamiento aprobado por Resolución CFE Nº 1/07, el documento “Pautas federales para el mejoramiento de la regulación de las trayectorias escolares en el nivel inicial, primario y modalidades”, que como anexo I forma parte de la presente resolución. |
32 | Ley Relacionada Con la Ley N° 3691 | 4566 | 2010 |
Modifica el artículo 4°, 5° y 6° de la ley F nº 3691. Establece consideraciones en relación al estudio y la atención del niño/a dentro del establecimiento Educativo. Se establecen pautas para dicha atención. Incorpora artículos en la Ley F N° 3691. Establece que en los establecimientos educativos de todos los niveles, para el caso de alumnos madres y padres menores y mayores de edad, se les garantiza el derecho a concurrir a clases con sus hijos, por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas, extendiéndose a éstos los alcances del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 1117 del Código Civil, mientras permanezcan en los establecimientos educativos junto a sus padres. Determina además que las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los estudios de las alumnas luego de la maternidad. A tal fin, en los establecimientos educativos a los que concurran alumnas madres, se habilitarán salas de lactancia y la habilitación de Jardines Comunitarios por Localidad. |
31 | Resolución | 3175 | 2010 | APRUEBA el Proyecto “Talleres de Contención Verano 2011: Deportivos, recreativos y de Expresión” a llevarse a cabo en la ciudad de San Carlos de Bariloche, que como Anexo I forma parte de la presente. DETERMINA que el personal será designado a través de la Delegación Regional de Educación ANDINA. |
30 | Resolución Derogada por Resolución N° 661/12 | 1992 | 2010 |
RATIFICA el Convenio Marco de los Centros de Actividades Infantiles (CAI) y APRUEBA la Normativa Jurisdiccional del Proyecto “Centros de Actividades Infantiles” (CAI) expresada en el Anexo I de la presente. DESIGNA el equipo jurisdiccional responsable de la implementación y evaluación del Proyecto.
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29 | Resolución | 1726 | 2010 |
APRUEBA el Plan para la igualdad educativa para la población de San Carlos de Bariloche que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. CREA la figura de Educador Comunitario, cuyo perfil y funciones se detallan en el Anexo II de la Resolución. |
28 | Resolución | 122 | 2010 | Consejo Federal de Educación – Por resoluciones CFE Nos. 102/10 y 103/10, se establecieron criterios comunes en torno a la regularización de trayectorias para el nivel secundario. Aprueba para la discusión, conforme lo establece el artículo 10º de la Resolución CFE Nº 1/07, el documento “Orientaciones para el mejoramiento de las trayectorias escolares reales de niños, niñas y jóvenes” que como ANEXO I forma parte de la presente medida. |
27 | Resolución | 103 | 2010 | Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento “PROPUESTAS DE INCLUSIÓN Y/O REGULARIZACIÓN DE TRAYECTORIAS ESCOLARES EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA”, que como ANEXO I forma parte de la presente resolución. Establece que durante los años 2010 y 2011, las jurisdicciones podrán habilitar variadas alternativas y/o programas educativos que procuren que los jóvenes menores de dieciocho años, desescolarizados, ingresen y finalicen la educación secundaria obligatoria, tomando como base, las propuestas expuestas en el anexo I integrante de la presente medida u otras que estén en concordancia con los criterios que allí se plantean. Establece que a los efectos de instrumentar las acciones previstas en los artículos precedentes, el Ministerio de Educación nacional y los Ministerios jurisdiccionales, en el marco de los planes de mejora institucional, los planes jurisdiccionales de educación secundaria y las acciones socio-educativas, acordarán formas de asistencia técnica y financiera que aseguren las condiciones requeridas para su desarrollo. |