11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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272 | Resolución | 1873 | 2014 | POSTERGA el llamado al Primer Movimiento del Año 2014, destinado Traslados Definitivos, Reincorporaciones, Acrecentamiento y Acumulación en los Niveles Primario y Secundario, establecido por Calendario Escolar 2014-2015 – Resolución Nº 3838/13. DETERMINA que las vacantes de Nivel Primario y Secundario, correspondientes al período 01/05/14 al 31/05/14, serán incorporadas en el Segundo Movimiento 2014 establecido por Calendario Escolar 2014-2015 – Resolución Nº 3838/13. RECTIFICA del Anexo III de la Resolución 3838/13, que establece las Actividades Institucionales y Docentes Mensuales del Periodo Escolar Común y Extendido, el mes de Mayo de ambos periodos, que quedarán redactados según lo establecido en el Anexo I de la presente Resolución. |
271 | Resolución Relacionado con artículo N° 12 del estatuto- Ley 391- | 1756 | 2014 | DETERMINA que los docentes extranjeros, naturalizados o no, tienen derecho al acceso y desempeño de sus funciones en el Sistema Educativo rionegrino, sin ninguna restricción más que las establecidas en la normativa vigente, para lo cual deberán acreditar los títulos y certificaciones correspondientes. |
270 | Resolución | 1584 | 2014 | Que por el Decreto Nº 1/14, declara el Estado de Desastre y Emergencia por catástrofe climática en los Departamentos El Cuy, General Roca, 9 de Julio, Ñorquinco, San Antonio, Vacheta, 25 de Mayo y Pilcaniyeu. Por ello AUTORIZA a la Coordinadora del Consejo Escolar Zona Atlántica II, Sra. Carmen BENITEZ, a designar, en forma transitoria, en la Escuela Primaria Nº 141 de Arroyo Ventana, al personal docente necesario para garantizar el dictado de clases en dicho Establecimiento, cumpliendo con la obligación del Estado de garantizar el derecho a la educación. ESTABLECE que la designación autorizada en el Artículo 1º de la presente Resolución será de carácter temporario, hasta tanto se designe al personal docente de acuerdo a la normativa vigente. |
269 | Resolución | 415 | 2014 | AUTORIZA, por excepción, a las Supervisiones de Educación Inicial, Primaria y Secundaria a quitar la condicionalidad a los docentes que al momento de su designación, en los Listados para Interinatos y Suplencias 2013 se encontraban señalizados con una @. La autorización establecida se efectivizará con la nómina de los listados para Interinatos y Suplencias 2014 en las que figuren sin @. Las condicionalidades a las que hace referencia deberán quitarse antes de la primer Asamblea Pública de designaciones para Interinatos y Suplencias del corriente año. |
268 | Resolución | 389 | 2014 | DETERMINA la continuidad del pago de haberes hasta el día anterior a la Asamblea de Interinatos y Suplencias 2014, a los docentes cuyos cargos fueron suprimidos al 31 de diciembre de 2013. |
267 | Resolución Anulada por Resolución N° 1926/15 - sin efecto por Resolución N° 5362/18 | 331 | 2014 | Los trabajadores de la Educación que se encuentren usufructuando licencia artículo 2° y artículo 6° de la Resolución 233/P/98 podrán hacer reserva de nuevos cargos u hora cátedra , según la normativa vigente, hasta la finalización del año escolar en el que hizo reserva. |
266 | Ley Reglamentada por Resolución N° 1976/14 | 4936 | 2013 | Se crea en la Provincia de Río Negro el Consejo Provincial de Certificación y Acreditación de Saberes y Competencias Laborales. El objetivo de la presente es reconocer y certificar en el ámbito de la Provincia de Río Negro las capacidades, destrezas y competencias laborales independientemente de cómo hayan sido adquiridas. El certificado emitido por esta entidad debe constituir un documento laboral de acreditación fehaciente de saberes socialmente productivos, pudiendo el Consejo Provincial de Certificación y Acreditación de Saberes y Competencias Laborales, realizar convenios con el Instituto Nacional de Educación Tecnológica para que las certificaciones concuerden con aquéllas incorporadas al “Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones” de acuerdo a lo establecido en los artículos 22 y 36 de la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional nº 26058. |
265 | Resolución | 3756 | 2013 | RECTIFICA, el Anexo I y II de la Resolución Nº 3655/13, que quedarán Redactados en los términos que se explicitan. |
264 | Resolución Modificado por Resolución N° 3756/13 | 3655 | 2013 |
APRUEBA el Anexo I que contempla los establecimientos en los que se aplicará la implementación de los nuevos planes de estudio homologados y aprobados por Resolución Nº 137/13 con la cantidad de divisiones de 1º año proyectadas para el ciclo lectivo 2014. DEJA SIN EFECTO los planes de estudio vigentes en los CET incluidos en el Anexo I, de manera paulatina y progresiva, comenzando en el año 2014 con el 1° año del ciclo básico, que ingresan en el proceso de Aplicación de los nuevos planes de estudios homologados. La aplicación de los nuevos planes de estudio homologados en los CET de la provincia será paulatina y progresiva, comenzando en el año 2014 con el 1º año del ciclo básico. APRUEBA el Anexo II de Pautas y Procedimientos para las Asambleas de implementación de los nuevos planes de estudios homologados. ESTABLECE, la baja del personal titular, interino y suplente del año y ciclo en el que se aplique el nuevo plan de estudio de todas las escuelas mencionadas en el Anexo I, el día anterior a la realización de la Asamblea de Interinatos y Suplencias 2014. La aplicación de la presente normativa, no modifica la situación de aquellos docentes que se desempeñan en cargos Directivos, en condición de revista titular, interino o suplente. El Formulario de Disposición de reubicación de horas cátedras y/o cargos a utilizar por las autoridades a cargo de las asambleas de aplicación de los nuevos planes de estudio homologados consta en el Anexo III de la presente.
Las asambleas de reubicación de los docentes en los nuevos planes de estudio homologados se realizarán en toda la Provincia durante la semana del 16/12/13. La Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria, emitirá la nómina del personal en disponibilidad por Centro de Educación Técnica y en el ciclo, según Resolución Nº 137/13, en el que se aplique el nuevo plan de estudio homologado y en lo sucesivo para los ciclos lectivos venideros hasta completar la implementación de los nuevos planes de estudios homologados. La baja del personal titular, interino y suplente del año y ciclo en el que se aplique el nuevo plan de estudio de todas las escuelas mencionadas en el Anexo I, será el día anterior a la realización de la Asamblea de Interinatos y Suplencias 2014. |
263 | Resolución Anulada por Resolución N° 4400/16 | 2595 | 2013 |
APRUEBA el Régimen de Compatibilidad para los Profesores de Educación Secundaria y Maestros Especiales de Educación Primaria e Inicial que se consigna en el Anexo I de la presente. En el presente ciclo lectivo no podrá desplazarse a Condicionales por aplicación del Régimen de Compatibilidades aprobado en la presente resolución. Los docentes podrán solicitar el cambio de situación de revista en los casos que correspondiera.
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262 | Resolución | 2418 | 2013 |
ESTABLECE que las capacitaciones integrantes del Programa de Capacitación Permanente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos tendrán el doble de la valoración asignada en la normativa vigente de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la presente.
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261 | Resolución | 2248 | 2013 |
APRUEBA el Segundo Ciclo del Programa de Formación Permanente -Resolución N° 2368/12-, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
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260 | Resolución | 1970 | 2013 |
EXTIENDE por excepción hasta el 19 de Julio de 2013 inclusive, el plazo de inscripción para Interinatos y Suplencias - Periodo Lectivo 2014 ante las Juntas de Clasificación para la Enseñanza Inicial, Primaria y Secundaria. |
259 | Resolución Modificado relacionada con la Resolución N° 1185/13 y Ampliada por Resolución 3247/14. Artículos anulados por Resolución N° 4133/15 | 1688 | 2013 |
SOLICITA al Consejo de la Función Pública la implementación de un Contralor Médico, destinado a la supervisión de las licencias docentes en el marco de la Resolución 233/98. DETERMINA como prioridad la utilización de las horas cátedra del Plan de Mejora Institucional para dar cumplimiento a las propuestas pedagógicas establecidas en la resolución Nº 1185/13.IMPLEMENTA un trayecto de formación específica para los cargos de ejecución de la Educación Secundaría en el marco del Programa de Formación Permanente de la Dirección de Educación Superior y Formación. CONVOCA a los estudiantes a través de los respectivos Centros de Estudiantes a elaborar propuestas para ser incorporadas al Proyecto Educativo Institucional. Los docentes de Educación Media que se encuentren en Cambio de Tareas- artículos 6º, 7º y 8º de la Resolución 233/98 sean reubicados, según prescripción médica, en los establecimientos secundarios a fin de colaborar y apoyar en tareas pedagógico-administrativas en función de dar cumplimiento a la Resolución Nº 1185/13. RECTIFICA en la Resolución Nº 1080/92- Texto Ordenado Resolución Nº 100/95- Capítulo V punto 39 inciso b- Cargos de ejecución y en la Resolución 2928/04 artículo 3º, los períodos autorizados para la cobertura de Suplencias en los cargos de ejecución que se consignan en el Anexo I de la presente. Los Directivos de los Establecimientos Educativos, para autorizar la franquicia establecida en el Artículo 20 inciso b de la Resolución 233/98, deberán considerar estrictamente el punto c de la Reglamentación que establece “que razones de servicio no lo impidan”. La licencia sin goce de haberes del Artículo 21º de la Resolución Nº 233/98 podrá usufructuarse en fracciones no menores a quince días corridos. La licencia por capacitación establecida en el Artículo 25º de la Resolución 233/98 sólo podrá ser autorizada si el curso cuenta con Declaración de Interés del Consejo Provincial de Educación y el cálculo del 15% de la planta de personal establecido en el inciso “e” del Reglamento del Artículo 25º de la Resolución Nº 233/98 debe realizarse considerando el total de los docentes de cada turno, que cumplen funciones el día o los días de la capacitación para la que se solicita la autorización, que deberá estar declarada de interés por el Consejo Provincial de Educación. Cuando las capacitaciones involucren varios días, el cálculo se realizará sobre el día y turno en que mayor número de docentes de cada turno deban asistir al Establecimiento. Para la cobertura de cargos u horas de Nivel Medio las Supervisiones realizarán al menos tres asambleas semanales. Los Establecimientos Educativos remitirán a las Unidades de Gestión de cada Consejo Escolar la Planilla de Información Semanal que obra en el Anexo II de la presente. ESTABLECE la evaluación periódica de la implementación de la presente y de la Resolución Nº 1185/13 mediante una Comisión integrada por los Consejeros Escolares y la Un.T.E.R y coordinada por la Secretaría de Educación.
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258 | Resolución Suspendida por Resolución N° 3448/21 | 1320 | 2013 |
APRUEBA los formularios destinados a la Inscripción para Interinatos y Suplencias e Ingreso a la Docencia que figuran como ANEXO I(NIVEL INICIAL) y ANEXO II (NIVEL PRIMARIO) de la presente. IMPLEMENTA en forma gradual la aplicación de los formularios aprobados por la presente norma, para el proceso de Inscripción JUNIO 2013, determinando su aplicación total a partir del período de inscripción 2014.
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257 | Resolución | 901 | 2013 | SECRETARÍA DE TRABAJO- Acta Paritaria 22/4/13 COMPATIBILIDAD: Para Nivel medio : 36 horas Para Nivel Medio y Superior: 36 horas |