40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
166Decreto Nac. 6512022

Extiende el ámbito de aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, sus modificatorias y complementarias a los trabajadores asociados y las trabajadoras asociadas en Cooperativas de Trabajo previstas en la Ley de Cooperativas N° 20.337 y su modificatoria. Esta extensión quedará condicionada a que la propia cooperativa solicite su inclusión en dicho régimen respecto de sus asociados y asociadas. La decisión de contratar la cobertura mediante un seguro de riesgos del trabajo será adoptada por la asamblea de socios y socias de la Cooperativa de Trabajo, conforme las formalidades y condiciones dispuestas por la Ley N° 20.337, sus normas complementarias y los estatutos cooperativos. Adoptada la decisión, según lo previsto en el artículo 2° del presente, corresponderá a la Cooperativa de Trabajo contratar la cobertura de sus asociados y asociadas con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y abonar las correspondientes alícuotas.

165Decreto Nac. 1442022

Reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, conforme se establece en el presente:

En los establecimientos de trabajo donde presten tareas CIEN (100) personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre CUARENTA Y CINCO (45) días y TRES (3) años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la

respectiva jornada de trabajo. A los efectos del cómputo de la cantidad de personas que trabajan en el establecimiento, se tendrán en cuenta tanto las y los dependientes del establecimiento principal, como aquellas y aquellos dependientes de otras empresas, en tanto presten servicios en el establecimiento principal.

 

164Decreto Nac. 732022

Sustituye el artículo 6º del ANEXO I del Decreto Nº 1169 del 16 de octubre de 1996 y su modificatorio, el que quedará redactado de la siguiente manera que consta en el texto de la normativa.

163Decreto provincial vinculada a la Ley 5363 y Decreto Provincial N°1535/20 5092022

Crea el “Fondo Fiduciario para la Vivienda del Personal Docente de la Provincia de Río Negro” (F.V.P.D.), que se regirá por las condiciones previstas en el presente Decreto y en contrato de fideicomiso a suscribirse, cuyo modelo se incorpora como Anexo I de acuerdo a las consideraciones efectuadas.

El fondo fiduciario creado en el Artículo 1° tendrá por objeto el pago y financiamiento de las obras de construcción de viviendas y/o refacción y/o ampliación y/o realización de obras de infraestructura necesaria para dotar de servicios básicos a aquellos inmuebles del personal docente que no los tengan, ello de acuerdo a las instrucciones que imparta la Autoridad de Aplicación del Régimen, en el marco de lo establecido por la Ley N° 5.363, Decreto Reglamentario N° 1.535/20 y los Programas Específicos a crearse en el marco del Consejo para la Vivienda Docente. Asimismo, los recursos que surjan de la inversión de los fondos fideicomitidos también serán destinados al financiamiento del objeto indicado.

162Resolución 2402022

Ministerio de Trabajo Nación

Homologa el Convenio Marco de fecha 21 de febrero de 2022 ratificado por Acta del 25 de febrero de 2022, concertado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del ESTADO NACIONAL y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP).

161Resolución 272022

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Se pone en conocimiento las recomendaciones elaboradas por el MINISTERIO DE SALUD para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19, que se detalla en los artículos siguientes

160Resolución 252022

Homologa el Acta Acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2021 concertado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del ESTADO NACIONAL y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP), por los sindicatos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

159Acuerdo Marco 152021

ACTA PARITARIA  DEL 16-12-2021

Designaciones:

La Gremial Plantea que sólo se realice presencial o combinada, no aceptando la asamblea virtual a menos que sea por cuestiones epidemiológicas. A partir de ello la Sra. Ministra manifiesta que podría plantearse sólo como asambleas combinadas. A solicitud del gremio se llevará adelante un simulacro de las asambleas combinadas para analizar su procedimiento con la participación gremial. Se acuerda que sean en formato combinado, por sistema con la presencialidad o no del docente según su opción personal.

 

Propuesta a tener en cuenta en el modelo combinado

158Ley Nacional 276562021

Dispónese la inscripción de la condición de detenido-desaparecido en los legajos laborales de los trabajadores y de las trabajadoras víctimas del terrorismo de Estado que revistaban, al momento de su desaparición, como personal en relación de dependencia del sector privado, aun cuando figurasen desvinculados por cualquier otra causa. 

A este efecto, se agregará la inscripción de detenido-desaparecido con el número de registro de la dirección Nacional de Fondos Documentales del Archivo Nacional de la Memoria, organismo desconcentrado dependiente de la secretaria de Derechos Humanos del Ministerio Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Dicha inscripción configurará la expresión de una reparación histórica de las violaciones a los derechos humanos de los trabajadores y de las trabajadoras del sector privado que hubieran sido verificadas.

157Resolución 60802021

DEROGA en todos sus términos la Resolución Nº 3100/21 del Consejo Provincial de Educación, ello en un todo de acuerdo a los argumentos vertidos en los considerandos de la presente. 

156Resolución 32412021

Homologa los acuerdos paritarios que surgen de las actas detalladas:

Acta Paritaria 25-10

Acta Paritaria 10-11

155Resolución Derogada por Resolución N°6080/21 31002021

DECLARA la no procedencia de la medida de suspensión de presencialidad dispuesta por el Plenario de Secretarios Generales de Un.T.E.R. con fecha 18 de Mayo del 2021 e informado mediante Nota N° 982/21 y RESERVA la facultad de realizar el descuento correspondiente a aquellos y aquellas docentes que los días 19, 20 y 21 de mayo del presente año, no cumplan con el débito laboral según lo establecido en la Resolución N° 1152/21 del CPE. INSTRUYE a los Consejos Escolares de la Provincia para que a través de la información aportada por los Equipos Directivos de los Establecimientos Educativos de la provincia de Río Negro, procedan a cargar el listado de docentes indicados en el artículo anterior.

154Resolución 10652021

Secretaría de Trabajo

Deja sin efecto la Resolución N° 332/21- ST.

Aprueba el Protocolo de actuación COVID 19 Retorno al Trabajo Presencial Agentes Públicos del Poder Ejecutivo, definido en el Anexo respectivo.

153Resolución 3322021

Secretaria de Estado de Trabajo de Río Negro

Aprueba el “Protocolo de actuación de COVID 19 retorno al Trabajo Presencial Agentes Públicos del Poder Ejecutivo Provincial”, que como Anexo forma parte de la presente.

152Resolución 2862021

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

El prefijo utilizado en la conformación de los nuevos números del Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de las personas humanas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen, a partir de la vigencia de la presente, se asignará de forma aleatoria, siendo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género. Las personas a quienes se les hubiera asignado un número de C.U.I.L. con anterioridad a la vigencia de la presente, y que se encuentren amparadas por la Ley de Identidad de Género N° 26.743, podrán solicitar un nuevo número de C.U.I.L. por única vez, el que será otorgado conforme lo establecido en el artículo 1° de la presente. La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) adecuará los sistemas informáticos para que los mismos asignen de forma aleatoria el prefijo citado en el Artículo 1°; así como también, modificará la normativa vigente en la materia. Entrará en vigencia a los CIENTO OCHENTA (180) días de la publicación de la misma en el Boletín Oficial y lo dispuesto en el artículo 2° una vez que los organismos enunciados en el artículo 3° determinen los procedimientos y plazos de su implementación.

ANEXO

151Resolución 2682021

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Crea el “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL”, en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL, dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, cuyos contenidos se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida. Las acciones que se lleven a cabo en el marco del presente Programa serán integradas, articuladas y complementadas con aquellas impulsadas por otras áreas de esta Cartera de Estado y organismos e instituciones nacionales, provinciales y municipales, que tengan los mismos fines y objetivos. Otorga, en el marco de la Línea de acción 1 denominada de “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil” establecida por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL, un incentivo económico a las personas seleccionadas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL a los efectos de promover su participación en la Línea 1 de formación

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