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TipoAñoDescripción
5817Acuerdo Marco Corresponde al ACTA N°6 62025

ACTA ACUERDO N°6- 9 DE MAYO DE 2025

Acta para precisar los pasos a seguir en la etapa actual del concurso. Habrá una nueva resolución donde las cuestiones procedimentales las que estarán plasmadas en el régimen académico de la instancia de oposición, que será conocida a través de una resolución del CPE.

 

CUADRO RESUMEN DE NORMATIVAS DEL CONCURSO #mce_temp_url#

Más información: 32 SUPERVISIÓN ESCOLAR: Misiones y Funciones
5816Acuerdo Marco Corresponden a Actas N°1 a N°5 12025

ACTAS ACUERDO

 Número 1(5-8-24)-Número 2 (4-11-24)- Número 3 (5-2-25)- Número 4 (10-2-25)- Número 5 (7-4-25)

Más información: 32 SUPERVISIÓN ESCOLAR: Misiones y Funciones
5815Circular 732025

ANSES- COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº73/25 - MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES DOCENTES - MENSUAL SEPTIEMBRE/2025

Mediante Nota NO-2025-82529816-APN-SSSS#MCH se informó que el índice de movilidad a aplicar en 09/2025 sobre los haberes en prestaciones del Régimen Docente es del 1,069.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5814Circular 462025

COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº46/25

MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES

DOCENTES - MENSUAL JUNIO/2025

 

Mediante Nota NO-2025-45047374-APN-SSSS#MCH se informó que el índice de movilidad a aplicar en 06/2025 sobre los haberes en prestaciones del Régimen Docente es del 13,59%.

Por lo expuesto se brindan las pautas para su aplicación:

1. Dicha movilidad se deberá aplicar en beneficios docentes, cuya Ley Aplicada o Clase de Beneficio informada corresponda a docentes y/o contengan, en la liquidación del mensual 06/2025, el concepto Suplemento Docente-

 

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5813Circular 352025

Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Decreto 137/05 Buscar leycorrespondiente al mensual 05/2025, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 06/2025 y considerando los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2025-211- ANSES-ANSES.

Haber mínimo = $ 296.481,74

Haber máximo = $ 1.995.041,47

Prestación Básica Universal (PBU) = $ 135.626,86

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5812Circular 352025

COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº35/25

RÉGIMEN DOCENTE - MENSUAL MAYO/2025

 Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Decreto 137/05 Buscar leycorrespondiente al mensual 05/2025, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 06/2025 y considerando los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2025-211- ANSES-ANSES.

Haber mínimo = $ 296.481,74

Haber máximo = $ 1.995.041,47

Prestación Básica Universal (PBU) = $ 135.626,86

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5811Circular 272025

ANSES-COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº27/25

RÉGIMEN DOCENTE - MENSUAL ABRIL/2025

Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Decreto 137/05 Buscar leycorrespondiente al mensual 04/2025, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 06/2025 y considerando los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2025-179- ANSES-ANSES.

Haber mínimo = $ 285.820,63

Haber máximo = $ 1.923.302,29

Prestación Básica Universal (PBU) = $ 130.749,89

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5810Circular 252025

COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº25/25

LEY 27.705 Buscar ley - CAPÍTULO II

FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA DEL PLAN DE DEUDA PREVISIONAL

La Dirección Previsional informa que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° (Anexo) de la Resolución RESOL-2023-76-ANSES-ANSES, el plazo de dos (2) años previsto en el artículo 4° de la Ley 27.705 para la adquisición de la “Unidad de Pago de Deuda Previsional”, finalizará el día 23 de marzo de 2025, inclusive.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5809Circular 112025

Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Decreto 137/05 Buscar leycorrespondiente al mensual 02/2025, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 03/2025 y considerando los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2025-66- ANSES-ANSES.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
5808Decreto Nac. 7872025

Deroga el Decreto N° 2417 del 19 de noviembre de 1993.

 Instruye al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO para que, a través de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, proceda a revisar las pautas contenidas en el Decreto N° 2542 del 5 de diciembre de 1991 y a elevar una propuesta de modificación.

Más información: 12 EDUCACIÓN PRIVADA: Inscripción y funcionamiento de Establecimientos privados
5807Decreto Nac. 7342025

Modifica la denominación del organismo creado por el artículo 1° del Decreto N° 717 del 7 de octubre de 2025 por la de “CENTRO NACIONAL ANTITERRORISMO (CNA)”. En consecuencia, todas las menciones al “CENTRO NACIONAL ANTITERRORISTA (CNA)” efectuadas en el citado decreto, deberán entenderse referidas al “CENTRO NACIONAL ANTITERRORISMO (CNA)”.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
5806Decreto Nac. modificado por el Decreto Nacional N°734-25 7172025

Créase el CENTRO NACIONAL ANTITERRORISTA (CNA) en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tendrá como misión integrar, analizar y compartir información entre sus integrantes, diseñar estrategias y establecer criterios de actuación y coordinación eficaces en la lucha contra el terrorismo. Funcionamiento y dirección. El CENTRO NACIONAL ANTITERRORISTA (CNA) será dirigido por la SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) la que lo asistirá con los recursos humanos y presupuestarios necesarios para el cumplimiento de sus cometidos. Se definen las funciones.

Más información: 20.1 LEYES NACIONALES: CONVENCIONES - DECLARACIONES
5805Decreto Nac. 6812025

Promulga la Ley N° 27.793.  Comuníquese al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, en virtud de lo establecido por el artículo 5° de la Ley N° 24.629, con el fin de que incluya las partidas correspondientes en el presupuesto nacional que permitan la ejecución de la ley que por el presente acto se promulga.

Más información: 16 INCLUSIÓN DE ESTUDIANTES: Lineamientos de inclusión para las personas con discapacidad -Responsabilidades-Certificaciones
5804Decreto Nac. 6142025

Establécese que los feriados nacionales trasladables conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 27.399, cuyas fechas coincidan con un día sábado o domingo podrán trasladarse al lunes inmediato posterior o al último viernes inmediato anterior, según lo determine la Autoridad de Aplicación.

Más información: 2.8 Calendario escolar
5803Decreto Nac. 5622025

Declárase “Día del Niño” el tercer domingo del mes de agosto de cada año. No se instituye como Día de las Infancias. 

Más información: 10.5 Derechos del Niño y del Adolescente. Tratados Internacionales
5802Decreto Nac. 5342025

VETOS PRESIDENCIALES

 Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.791, el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.792 y  el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.793.

 Devuélvanse al H. CONGRESO DE LA NACIÓN los Proyectos de Ley mencionados en los artículos 1°, 2° y 3° del presente.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
5801Decreto Nac. 4472025

Crea la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN como organismo descentralizado, con autarquía administrativa y funcional, actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que tendrá como misión impulsar la innovación en el sector científico y tecnológico nacional, a través de instrumentos de promoción, fomento y financiamiento, garantizando la transferencia tecnológica al sector productivo.

Más información: 20.1 LEYES NACIONALES: CONVENCIONES - DECLARACIONES
5800Decreto Nac. 3822025

Sustitúyese el artículo 5° del Decreto N° 617 del 16 de julio de 2024 por el siguiente:

“ARTÍCULO 5º.- El “Consejo de Mayo” estará integrado por UN (1) Presidente y SEIS (6) Consejeros, designados de acuerdo al siguiente detalle:

a) UN (1) consejero por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

b) UN (1) consejero por las provincias firmantes del “Pacto de Mayo” y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES.

c) UN (1) consejero por el H. SENADO DE LA NACIÓN.

d) UN (1) consejero por la H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.

e) UN (1) consejero por las Organizaciones Sindicales de Tercer Grado.

f) UN (1) consejero por las Entidades Gremiales Empresarias de Tercer Orden.

El presidente del Consejo será el Titular de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS”.

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Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
5799Decreto Nac. 3422025

Sustituye el inciso 4° del artículo 56 de la Ley N° 23.551 y sus modificaciones por el siguiente:

 “4°- Designar un funcionario con carácter excepcional, en caso de que se produjere un estado de acefalía con relación a la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o al órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, y en tanto en los estatutos de la asociación de que se trate o en los de la federación de la que esta forme parte no se haya previsto el modo de regularizar la situación, para que disponga la convocatoria a elecciones y realice los demás actos tendientes a hacer cesar la situación de acefalía. El funcionario designado deberá cumplir su cometido en un plazo que no podrá exceder de CIENTO VEINTE (120)

días hábiles, prorrogables por el mismo plazo en caso de que resulte necesario y se encuentre debidamente fundado”.

 Sustituye el artículo 15 de la Reglamentación de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551, aprobada por el Decreto N° 467 del 14 de abril de 1988 y sus modificatorios, por el siguiente:

 “ARTÍCULO 15.- (ARTÍCULO 17 de la Ley) - Cuando la elección se efectuare mediante el voto directo y secreto de los afiliados (artículo 7° y artículo 17), la fecha del comicio deberá fijarse con una anticipación no menor de NOVENTA (90) días de la fecha de terminación de los mandatos de los directivos que deban ser reemplazados. La convocatoria a elecciones deberá ser resuelta y publicada con una anticipación no menor de CUARENTA Y CINCO (45) días a la fecha del comicio. 

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
5798Decreto Nac. 3412025

Sustituye el artículo 10° de la Ley N° 26.075, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTÍCULO 10°. El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y las entidades gremiales docentes con representación nacional acordarán un convenio marco que incluirá pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente. La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO podrá refrendar el Convenio, o requerir que se realice una nueva propuesta cuando por razones presupuestarias no fuera posible su implementación en el marco del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente”.

Más información: 21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales.  Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
5797Decreto Nac. 3402025

Sustituye el artículo 24 de la Ley N° 25.877 por el siguiente:

 

 “ARTÍCULO 24.- Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos. En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al CINCUENTA POR CIENTO (50 %).

Se detalla los que : Se considerarán servicios esenciales en sentido estricto las siguientes actividades que se enumeran en la normativa.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
5796Decreto Nac. 2892025

Transfiere el “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD” creado por el Decreto N° 11 del 11 de enero de 2022 del ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO a la órbita de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Más información: 21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales.  Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
5795Decreto Nac. 612025

La administración penitenciaria asignará, dentro de su misma jurisdicción, el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de la persona privada de la libertad en función del sexo que la persona registre, en los términos de la Ley N° 26.743, al momento del hecho por el cual se ordenó su detención.

No podrá disponerse el alojamiento en un establecimiento penitenciario destinado a mujeres, de una persona que haya tramitado la rectificación registral de su sexo, según se detalla en la norma.

Más información: 10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
5794Decreto provincial 8542025

Ecosistema Digital de Integrabilidad de la Provincia de Río Negro (EDI RN)- Ley N° 5793 Buscar ley – Reglamentación

Aprueba la reglamentación de la Ley N° 5793 Buscar ley, que crea el Ecosistema Digital de Integrabilidad de la Provincia de Río Negro (EDI RN), que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derechos expuestos en los considerandos, conforme a las consideraciones expuestas.  Establece que el Ecosistema Digital de Integrabilidad de la Provincia de Río Negro (EDIRN) funcionará como el entorno digital unificado para la gestión, intercambio y trazabilidad de datos, procesos y servicios digitales entre los organismos comprendidos en la Ley Nº 5793 Buscar ley y sus adherentes.

Más información: 11.3 - REFERENTE ESCOLAR TIC´S
5793Decreto provincial 4992025

“Implementación de un Sistema Integral de Captación y Procesamiento de Imágenes para la Detección Electrónica de Infracciones de Tránsito y la Asistencia de la Gestión de Cobro de las mismas para la Provincia de Río Negro”

Declarar de interés público provincial, en los términos de la Ley A Nº3.484 y su Decreto reglamentario Nº1060/2001, al proyecto de iniciativa privada denominado “Implementación de un Sistema Integral de Captación y Procesamiento de Imágenes para la Detección Electrónica de Infracciones de Tránsito y la Asistencia de la Gestión de Cobro de las mismas para la Provincia de Río Negro” presentada por la empresa “Brocart S.A.”

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5792Decreto provincial 2692025

SISTEMA PREVISIONAL SOLIDARIO Y OBLIGATORIO

DE VIDA E INCAPACIDAD. PERSONAS AMPARADAS

Art. 19° Ley L N.º 4.232

En forma excepcional, y por única vez para ser aplicado exclusivamente para el presente período 2025, ajústese el importe máximo del capital indemnizable y los importes de los Incisos a) y b) del Artículo 19° de la Ley Lº4.232 según la variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), en el período comprendido entre el 1° de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024, en forma gradual en tres (3) tramos, conforme detalle especificado en la norma.

Más información: 34 SEGUROS: Alumnos y Docentes. Organismos. Procedimientos
5791Ley 58232025

“Fiesta de la Inclusión”- Fiesta provincial

 

Se otorga carácter de fiesta provincial a la “Fiesta de la Inclusión”, que se realiza la primera semana de diciembre de cada año.  La “Fiesta de la Inclusión”, tiene como sede permanente la ciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5790Ley 58212025

21 de abril: “Día Provincial en Conmemoración del Papa Francisco”

 Se instituye el día 21 de abril de cada año como “Día Provincial en Conmemoración del Papa Francisco”, en memoria del fallecimiento de Jorge Mario Bergoglio, primer Papa latinoamericano y argentino, por su ejemplo universal de humildad, compromiso con los más necesitados y búsqueda de la paz.

Más información: 2.8 Calendario escolar
5789Ley 58202025

Condiciones de acceso de los extranjeros a los servicios públicos provinciales de salud y educación superior

 

La presente ley tiene por objeto reglamentar las condiciones de acceso de los extranjeros a los servicios públicos provinciales de salud y educación superior.

Aranceles por la prestación de servicios de educación superior. Se establece el cobro de aranceles por la prestación de los servicios de educación superior brindados por la Provincia de Río Negro a los extranjeros categorizados como residentes transitorios y aquellos que cuenten con una autorización de residencia precaria, conforme a la ley nacional nº 25871 y su normativa reglamentaria. Se faculta a las instituciones educativas públicas de nivel terciario, institutos técnicos  superiores e institutos de formación de la Provincia de Río Negro para llevar a cabo las acciones necesarias para la percepción de dicho arancel.

Más información: 17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones
5788Ley 58142025

Enseñanza del Himno Nacional Argentino e Himno Provincial

de Río Negro en Lengua de Señas Argentina

Incorpora la enseñanza del Himno Nacional Argentino e Himno Provincial de Río Negro en Lengua de Señas Argentina en la educación formal del sistema educativo público, tanto para instituciones de gestión estatal como privada, dependientes de la Provincia de Río Negro.

Más información: 10.7 NIVEL INICIAL
5787Ley 58122025

RECONOCIMIENTOS O DISTINCIONES

Ley A Nº4508 – Modificación

 Se modifica la ley A Nº4508 que queda redactada de la siguiente forma, que se detalla en el texto de la misma.

Más información: 2.4 Padrinazgo y Nombre de Escuelas
5786Ley 58082025

MÉTODOS AUTOCOMPOSITIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MARC)- Ley P nº5450 – Modificación

Se modifican por sustitución los artículos 9º, 12, 14, 17, 19, 26, 27, 29, 31, 33, 35, 36, 37, 38 y 83 de la ley P Nº5450, que quedan redactados como se detallan en el texto.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5785Ley 58072025

Se incorpora a la ley P nº5396, como Título X “Procedimiento para la Aplicación de los Convenios sobre Restitución Internacional de Niñas, Niños y Adolescentes y Régimen de Visitas o Contacto Transfronterizo” el siguiente texto:

Título X

Procedimiento para la Aplicación de los Convenios sobre Restitución Internacional de Niñas, Niños y Adolescentes y Régimen de Visitas o Contacto Transfronterizo

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5784Ley 57992025

Observatorio de la Violencia contra las Mujeres, en el ámbito del Consejo Provincial de la Mujer- Ley K n º 4845 – Modificación

Se modifica por sustitución el artículo 1º ,2°, 3°, 4° y 6° de la ley K nº 4845.

Más información: 10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
5783Ley 57982025

Capacitación obligatoria en la toma de conciencia contra el abuso y maltrato en la vejez y trato digno, respetuoso y no estereotipado hacia la persona mayor

Se establece la capacitación obligatoria en la toma de conciencia contra el abuso y maltrato en la vejez y trato digno, respetuoso y no estereotipado hacia la persona mayor para la totalidad de las autoridades y del personal que se desempeñe en las instituciones públicas provinciales y privadas, donde se atiendan y asistan a personas adultas mayores en la Provincia de Río Negro.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5782Ley 57972025

CÓDIGO CONTRAVENCIONAL

DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO

Ley S nº5592 – Modificación

Se incorpora al Capítulo VIII del Título III del Anexo I de la ley S nº5592 el artículo 59 bis.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
5781Ley 57932025

Se crea el Ecosistema Digital de Integrabilidad de la Provincia de Río Negro (EDI RN) como la red de componentes que garantizan la seguridad, la confidencialidad, la trazabilidad y el no repudio en el intercambio de datos, procesos y servicios digitales realizados entre los sistemas informáticos que utilizan las distintas entidades comprendidas en la presente, brindando evidencia legal de dichos intercambios en todas las situaciones.

Más información: 11.3 - REFERENTE ESCOLAR TIC´S
5780Ley 57902025

Registro Provincial de Condenados

por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS)

Ley P N°5115 – Modificación integral

Se sustituye en forma integral el texto de la ley P N° 5115, el que queda redactado de la siguiente manera:

Se crea en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro:

a) El Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual, en adelante ReProCoInS.

b) El Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (RePrIGAS) que funciona en el ámbito del ReProCoInS.

c) El Registro Provincial de Huellas Genéticas, que funcionará dentro de la órbita de la Procuración de la Provincia de Río Negro.

Más información: 11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
5779Ley 57892025

Promesa de Lealtad a la Bandera Argentina:

aprendizaje y reflexión sobre la Causa Malvinas y el reclamo argentino

 Se dispone que la Promesa de Lealtad a la Bandera Argentina, realizada cada año por los alumnos de cuarto grado de los distintos establecimientos educativos de gestión pública y privada, será complementada por una instancia previa de aprendizaje y reflexión sobre la Causa Malvinas y el reclamo argentino. Se establece que a las ceremonias escolares de Promesa de Lealtad a la Bandera Argentina, en las localidades que cuenten con Veterano/os de Guerra de Malvinas residentes en la misma, se lo/os invite a participar de esa ceremonia, como forma de honrar a quienes defendieron nuestra soberanía.

Se incorpora esta modalidad de ceremonia en el Calendario Escolar Anual.

Más información: 10.1 Bandera. Ceremonial de la Bandera. Abanderados. Escudo. Himno de Río Negro
5778Ley 57882025

18 de septiembre: “Día Provincial de las y los Choferes de Ambulancia”

Se instituye el día 18 de septiembre de cada año como el “Día Provincial de las y los Choferes de Ambulancia”.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas