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3812Resolución Vinculada a Resolución N° 5097/19 8962019

Ministerio Nacional de Educación

Ratifica los términos y condiciones del dictamen de la COMISIÓN FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACIÓN PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACIÓN A DISTANCIA N° 2238 de fecha 5 de julio de 2018, emitido para la propuesta educativa ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA: LAS BUENAS PRÁCTICAS AGROPECUARIAS Y SUS IMPLICANCIAS EN LA EDUCACIÓN AGRARIA presentada por INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Otorga la validez nacional a los CERTIFICADOS DE LA ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA: LAS BUENAS PRÁCTICAS AGROPECUARIAS Y SUS IMPLICANCIAS EN LA EDUCACIÓN AGRARIA.

Más información: 36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
3811Resolución Vinculada a Resolución N° 5099/19 del CPE 8772019

Ministerio Nacional de Educación

Ratifica los términos y condiciones del dictamen de la COMISIÓN FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACIÓN PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACIÓN A DISTANCIA N° 2240 de fecha 5 de julio de 2018, emitido para la propuesta educativa Actualización Académica en Gestión de las Instituciones de Educación Técnico Profesional - Desarrollo de capacidades para la innovación presentada por INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Otorga la validez nacional a los certificados de la Actualización Académica en Gestión de las Instituciones de Educación Técnico Profesional - Desarrollo de capacidades para la innovación.

Más información: 36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
3810Resolución Vinculada a Resolución N° 5098/19 del CPE 8742019

Ministerio Nacional de Educación

Ratifica los términos y condiciones del dictamen de la COMISIÓN FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACIÓN PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACIÓN A DISTANCIA N° 2239 de fecha 5 de julio de 2018, emitido para la propuesta educativa ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA EN ENSEÑANZA DE LA MATEMÁTICA EN LA ESCUELA TÉCNICA presentada por INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Otorga la validez nacional a los CERTIFICADOS DE LA ACTUALIZACIÓN ACADÉMICA EN ENSEÑANZA DE LA MATEMÁTICA EN LA ESCUELA TÉCNICA.

Más información: 36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
3809Resolución 5492019

Ministerio de Educación de la Nación

 Otorga validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios presenciales de Bachilleres aprobados por Resoluciones del Consejo Provincial de Educación de Río Negro, N° 3035/16, 3991/16, 4162/16, 945/17 y 4348/17.

Más información: 10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales
3808Resolución 4572019

Deroga Resoluciones del IPROSS.

Deroga toda providencia de cobertura de medicamentos por vía de excepción emitida por la Coordinación Farmacéutica y/o Secretaría General Técnica, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución.

Define el programa de acceso a medicamentos y materiales descartables a partir del 1 de octubre de 2019.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
3807Resolución 3612019

CFE

Fechas de inicio, receso invernal y finalización de actividades escolares en las provincias argentinas.

Más información: 2.8 Calendario escolar
3806Resolución 3572019

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

Establece que durante cada año se realizarán actividades escolares vinculadas al uso responsable de la energía, considerando las mismas de interés educativo.

Más información: 2.8 Calendario escolar
3805Resolución 3562019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Incorpora las orientaciones para el Nivel Secundario:

Robótica – ANEXO I Energía y Sustentabilidad - ANEXO II

Los respectivos marcos de referencia en el marco de la Resolución CFE N° 84 del 15 de octubre de 2009.

Más información: 10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales
3804Resolución 3552019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Aprueba los lineamientos comunes nacionales para la organización e implementación de ofertas formativas entre la Formación Profesional y Secundaria para jóvenes entre 15 y 18 años.

Se modifica el artículo 64 del apartado 6.3 Referenciales de INGRESO según niveles de certificación de la Resolución del CFE N° 115/10 como sigue: “La edad mínima establecida para el ingreso a ofertas de formación profesional es de 18 años, con la excepción del ingreso de adolescente desde los 15 años de edad en propuestas de FP vinculadas curricular  o institucionalmente al cursado de niveles educativos, atendiendo a la salvedad realizada en este documento en relación con las trayectorias formativas de formación profesional cuyos certificados habilitan para el ejercicio de actividades profesionales que están reguladas legalmente en los ámbitos nacional y/o provincial y/o que se enmarcan en normativas de matriculación o colegiación obligatorias.

 

ANEXO

Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
3803Resolución 3542019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Aprueba el documento de marco de referencia correspondiente a la especialidad de nivel superior:

Seguridad Pública- Oficial de Policía- ANEXO-
Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
3802Resolución 3532019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Aprueba los documentos de los marcos de referencia para la formación Profesional inicial de los siguientes perfiles profesionales, según el nivel de certificación que en cada caso corresponda:

Instalador de sistemas de automatización- ANEXO I - Elaborador de quesos – ANEXO II- Elaborador de helados – ANEXO III- Bombero Voluntario- ANEXO IV-
Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
3801Resolución 3522019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Aprueba los documentos de los Marcos de Referencia correspondientes a las especialidades de:

Ciencia de Datos e inteligencia Artificial – ANEXO I- Diseño y Desarrollo de productos mecánicos – ANEXO II- Mecatrónica – ANEXO III- Gestión de energías renovables – ANEXO IV-
Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
3800Resolución 3512019

Ministerio de Educación de la Nación – Consejo Federal de Educación

Aprueba los documentos recomendados de Diseño Curricular de la Trayectoria Formativa de Formación Profesional continua de

Programador Web – ANEXO I - Programador de dispositivos móviles- ANEXO II- Programador de Videojuegos –ANEXO III-
Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
3799Resolución 3502019

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

 Protocolo para acreditar como Entornos Escolares Saludables (EES) a los centros educativos de todos los niveles y modalidades de gestión estatal y privada del sistema educativo. Las autoridades educativas se comprometen a concretar un “Plan Estratégico de Entornos Escolares Saludables”, a partir de la aprobación de la presente resolución, en base al Anexo I de la presente medida: “Dimensiones del Plan Estratégico de Entornos Escolares Saludables”. Aprueba el desarrollo de los compromisos asumidos sobre la base de la “Guía de Entornos Escolares Saludables” (GEES) y las “Guías Alimentarias para la población argentina” (GAPA) aprobados por la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación. Incorpora al Calendario escolar el día 6 de abril como “Día de la Actividad Física”, el 16 de octubre como “Día de la Alimentación saludable” y establece una semana en el año como la “semana de los Entornos Escolares Saludables”.

 

ANEXO I

Más información: 2.8 Calendario escolar
3798Resolución 3482019

Aprueba la inclusión de contenidos de carácter obligatorio de la temática Género y Violencia contra las Mujeres en trayectos formativos, cursos, evaluaciones de ascenso a cargos directivos y de supervisión conforme la normativa aplicable en cada jurisdicción. Las autoridades educativas jurisdiccionales dispondrán y diseñarán las acciones necesarias para su implementación.

ANEXO I

Más información: 10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
3797Resolución 3122019

Secretaría de Trabajo de Río Negro

Homologa el acta de la reunión entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro y la Un.T.E.R., celebrada el 25 de Febrero de 2019.

 

Acta Ministerio de Educación y UnTER:

Adelantamiento de tramos de acuerdo salarial Pedido de Paritaria Nacional Mejoramiento del valor de gastos de Inicio Escolar

Aumentar el % de antigüedad al 150% 

 

CUADRO DE ANTIGUEDAD EN LA DOCENCIA - CARRERA DOCENTE

 

Más información: 40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
3796Resolución 2792019

ANSES

Establece el haber mínimo, el haber máximo vigente y las bases imponibles mínima y máxima.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3795Resolución 2442019

INCLUYE en el Manual de Títulos vigente para el ejercicio de la docencia en la Provincia de Río Negro los títulos de Profesorado de Enseñanza Secundaria en la Modalidad Técnico Profesional otorgados por los Institutos de Formación Docente, en concurrencia con los títulos de base que no fueron título base del mismo en el momento del cursado y son afín al ETP, según se detalla en el Anexo I de la presente resolución.

Más información: 36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
3794Resolución 1582019

ANSES - Resolución 158/2019

Prorroga el plazo establecido en el primer párrafo del artículo 22 de la Ley N° 27.260, a los efectos de la regularización de deudas previsionales.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3793Resolución Suspendida por Disposición N°2-2020 (SRT) 902019

Aprueba el “Procedimiento ante la Comisión Médica Central, para los trámites regulados en las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 179 de fecha 21 de enero de 2015 y N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017”.

 

Esta Norma Modifica o complementa a otras

 

Más información: 18.2 Aseguradora y Superintendencia de Riesgo de Trabajo (ART-SRT)
3792Resolución 442019

APRUEBA la implementación del Postítulo “Actualización Académica en Formación Docente” con sede en el Instituto de Formación Docente Continua – CUE 6200269 de Luis Beltrán, para las cohortes 2018, 2019, 2020 y 2021.  ADHIERE en todos sus términos a la Resolución N° 2146/18 –APN-ME que obra en el Anexo I de la presente resolución. ESTABLECE que el Instituto de Formación Docente Continúa CUE 6200269 de Luis Beltrán, emitirá los títulos y certificados del Postítulo “Actualización Académica en Formación Docente”, de acuerdo en la normativa jurisdiccional vigente.

Anexo Res Min Actualización Académica en Formación Docente

Más información: 17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones
3791Resolución 432019

APRUEBA la implementación del Postítulo “Actualización Académica en Gestión Educativa para Equipos Directivos y Supervisores de los niveles de educación obligatoria”, con sede en el Instituto de Formación Docente Continua – CUE 620027800 - de la ciudad de Viedma y el plan de estudios y estructura del Diseño Curricular que como ANEXO I forma parte de la presente norma.- DETERMINA que quienes cumplimenten con los requisitos de esta propuesta formativa, se le otorgará la certificación en “Actualización Académica en Gestión Educativa para Equipos Directivos y Supervisores de los niveles de Educación Obligatoria”.

Más información: 17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones
3790Resolución 362019

ANSES

VERIFICACIÓN DE DATOS RADICACIÓN Y TIPO DE RESIDENCIA NUEVA DISPOSICION.  

VERIFICACIÓN DE DATOS RADICACIÓN Y TIPO DE RESIDENCIA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES - NUEVA DISPOSICIÓN

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 31/19.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3789Resolución 62019

Resolución Conjunta

Deuda pública:

Dispónese la emisión de Letras del Tesoro en Pesos.

Dispone la emisión de Letras del Tesoro en Pesos a ser suscriptas a la par, por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, por hasta un monto de valor nominal original pesos diez mil millones (V.N.O. $ 10.000.000.000).

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3788Resolución 12019

CIRCULAR DP Nº 01/19

NUEVO ESQUEMA DE CALCULO DE RETENCIÓN DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS POR CUIL

Fecha de dictado: 02/01/2019 –

Fecha de publicación: 17/01/2019

Nuevo esquema de cálculo de la retención de Impuesto a las ganancias que se aplicará a partir de la liquidación del mensual enero/2019.

 

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3787Resolución Modificado y actualizado por Resolución N° 1535/21 - Ministerio de Salud de Nación - 12019

Ministerio de Salud de Nación – 12-12-2019-

 

Aprueba el “PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DERECHO A LA INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO”, 2da Edición 2019, que como ANEXO ÚNICO forma parte integrante de la presente resolución.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
3786Sentencia Definitiva 7612019

Juzgado Federal de General Roca

Tribunal: CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Expediente N°: FGR 000761/2015/CA001

Carátula: RONCALLO, HECTOR LUIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/RECTIFICACION HABER INICIAL

Fecha de sentencia: 15/08/2019

“Roncallo, Héctor Luis c/ Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) s/ rectificación haber inicial” (Expte. FGR761/2015/CA1) Juzgado Federal de General Roca

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3785Acuerdo Marco 32018

11-4-2018

PUNTO 8 del acta Paritaria

Pase de no remunerativo a REMUNERATIVO para aportar a jubilaciones a quienes se encuentren a un año a jubilarse, a efectivizar desde el mes de abril de 2018. 

Se convierte en Remunerativo los conceptos " Material Didáctico" y "Complemento Suedo Mínimo" a quienes se encuentren a un año  para obtener el beneficio Previsional.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3784Circular 462018

MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - DOCENTES MENSUAL SEPTIEMBRE/2018

En atención a la Nota NO-2018-37632926-APN-SECSS#MT del Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social, se comunica que, a partir de septiembre de 2018, el índice de movilidad a aplicar sobre los haberes de las prestaciones delRégimen Docente es del 9,54%, por cuanto se brindan las pautas para su aplicación

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3783Circular 442018

MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - LEY 26.417 Buscar ley - RÉGIMEN GENERAL - MENSUAL SEPTIEMBRE/2018

En atención a la resolución RESOL-2018-10-APN-SECSS#MT, se brindan laspautas generales para impactar la movilidad en los beneficios correspondientes a los jubilados y pensionados a partir del mensual 09/2018.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3782Circular 322018

MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - LEY 26417 Buscar ley -REGIMEN GENERAL - MENSUAL JUNIO/2018 -

pautas generales para impactar la movilidad en los beneficios correspondientes a los jubilados y pensionados a partir del mensual 06/2018, equivalente al 5,69% y se aplicará a partir de la liquidación del mensual junio/2018.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3781Circular 302018

Movilidad para jubilados y pensionados DOCENTES UNIVERSITARIOS - MENSUAL JUNIO/2018.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3780Circular 282018

ANSES

MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES -MENSUAL JUNIO/2018

Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones Docentes, operará en el mensual 09/2018, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones, teniendo en cuenta los nuevos valores de haber mínimos, máximos y de PBU que rigen a partir del mensual 06/2018.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3779Circular 112018

PREV 11-53 - Vigencia 22/11/2018

DECRETO 538/75 Buscar ley

 

Docentes de Escuelas de áreas de Frontera y de educación diferenciada

Establece procedimientos y criterios a tener en cuenta para obtener el derecho y la acreditación de los servicios invocados bajo las previsiones del Decreto 538/75, Buscar leypersonal docente que desempeñe sus funciones en áreas de frontera y en educación diferenciada.

Por dictamen Técnico legal 096 SSS N°6430 se ha dejado expresamente aclarado que corresponde incluir, dentro de los alcances del decreto 137/05, Buscar leya los maestros de frontera y a los de educación especial, cuyo derecho a beneficio, previsional se rige por el decreto N° 538/75, esto es sin la exigencia del requisito de edad de la Ley N° 24016 Buscar ley y artículo 4 de la Resolución SSS N° 98/06, en tanto cumplimenten los requisitos exigidos por su propio régimen, por encontrarse incluidos en el Estatuto del Docente Ley N° 14473 Buscar ley, al que hace referencia el artículo 1° de la Ley 24016 Buscar ley.

Tendrán derecho a la Jubilación Ordinaria, sin límite de edad, el personal que en los establecimientos Públicos o privados comprendidos en la Ley 14473 Buscar ley y su reglamentación, acredite veinticinco años (25) años de servicios como docente al frente directo de alumnos en:

Escuelas de áreas de fronteras (Decreto Ley N° 19524 Buscar ley/72) en el nivel primario o pre-primario.Establecimientos de enseñanza diferenciada.
Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3778Circular 92018

ANSES

MARZO 2018 - Movilidad Docentes Nacionales según RIPDOC, jubilados por ley 24.016 Buscar ley/Dec.137/05:

11,65% - [Circular ANSES DP 09/18] :

El índice de movilidad a aplicar sobre los haberes de las prestaciones del Régimen Docente es del 11,65%. En consecuencia, se pone en conocimiento de las áreas operativas de la organización las pautas de aplicación de la misma. Dicha movilidad se deberá aplicar sobre todos los beneficios docentes, cuya Ley Aplicada o Clase de Beneficio informada corresponda a docentes y/o contengan en la liquidación del mensual 02/2018 un concepto 006-022 o 006-025 o 006-030. Este aumento debe reflejarse exclusivamente con el código 006-025, con lo cual en los casos en que la liquidación contenga en febrero/2017 el concepto 006-022, a este se le debe dar el aumento y el monto resultante debe impactarse con el concepto 006-025, dando de baja el 006-022.

La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido por Resolución a $ 3.619,07, por cuanto, deberá establecerse cuanto se abona en defecto en concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo al Suplemento Docente:

PBU (Ley general) = $ 3.423,58 * 1,0571 = $ 3.619,07

PBU (Docente) = $ 3.423,58 * 1,1165 = $ 3.822,43

Diferencia de PBU = $ 3.822,43 - $ 3.619,07 = $ 203,36 (*)

(*) Importe que debe adicionarse al Suplemento Docente para balancear lo abonado en defecto en la PBU.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3777Convenio 42018

 

 

ASIGNACIONES FAMILIARES, acordadas en acta paritaria N°4/18 del 3 de agosto de 2018

 

 

Más información: 33.1 SALARIOS-ASIGNACIONES FAMILIARES: Procedimientos – Valores
3776Decreto Nac. 8712018

Aprueba la Reglamentación de la Ley Nº 27.452, que como ANEXO IF-2018-48036744-APN-SENNAF#MSYDS, forma parte integrante del presente Decreto. Faculta al titular de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENNAF), en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.452, a dictar las normas aclaratorias y complementarias y todas aquellas medidas que resultaren necesarias para su instrumentación, en el marco de sus respectivas competencias.

Más información: 10.5 Derechos del Niño y del Adolescente. Tratados Internacionales
3775Decreto Nac. 7302018

Aprueba el Régimen de Asistencia Financiera para las Provincias cuyos regímenes previsionales no fueron transferidos al Estado Nacional que hayan ratificado en sus respectivas legislaturas el CONSENSO FISCAL de fecha 16 de noviembre de 2017, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.  La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL procederá a dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias correspondientes, con el objeto de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir y colocar a todas las PROVINCIAS contempladas en el ARTÍCULO 1° en pie de igualdad en materia previsional.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
3774Decreto Nac. 7022018

ASIGNACIONES DEL ORDEN NACIONAL

 Establece que los límites mínimo y máximo de ingresos aplicables a los beneficiarios de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, correspondientes al grupo familiar definido en el Decreto N° 1.667/12, serán de UNA (1) vez la base imponible mínima previsional prevista en el artículo 9º de la Ley Nº 24.241 sus modificatorias y complementarias de PESOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISIETE ($ 83.917.-) respectivamente. La percepción de un ingreso superior a PESOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 41.959.-) por parte de UNO (1) de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido en el artículo 1° del presente. Los límites mínimo y máximo de ingresos previstos en la Ley Nº 24.714 sus modificatorias y complementarias para el cálculo del ingreso familiar no resultan aplicables para la determinación del valor de la Asignación por Maternidad correspondiente a la trabajadora. El límite mínimo de ingresos previsto en el artículo 1º no resulta aplicable a los beneficiarios de la Prestación por Desempleo establecida en la Ley N° 24.013.

El presente Decreto comenzará a regir para las asignaciones familiares que se perciban durante el mes de septiembre de 2018. Deróganse los artículos 8° y 9° del Decreto N° 1.245/96 y sus modificatorios.

ANEXOS 1 A 5

Más información: 33.1 SALARIOS-ASIGNACIONES FAMILIARES: Procedimientos – Valores
3773Decreto Nac. 6832018

DEFENSA NACIONAL

 Sustituye el artículo 1° del Decreto N° 727/06 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la defensa nacional, serán empleadas en forma disuasiva o efectiva ante agresiones de origen externo contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de la REPÚBLICA ARGENTINA; la vida y la libertad de sus habitantes, o ante cualquier otra forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas. El cumplimiento de esta misión primaria no afecta lo dispuesto en la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior y en la Ley Nº 24.948 de Reestructuración de las Fuerzas Armadas, en lo concerniente a los escenarios en los que se prevé el empleo del instrumento militar y a las disposiciones que definen el alcance de dicha intervención en Operaciones de Apoyo a la Seguridad Interior.” Modifica otros artículos del Decreto Nacional 727/06.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas