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TipoAñoDescripción
4220Ley Nacional Artículo 32° reglamentado por Dec. Nac. 104/21 276092020

Sustituye el artículo 32 de la ley 24.241 Buscar ley y sus modificaciones, el que quedará redactado de acuerdo al texto de la presente Ley.

La primera actualización sobre la base de la movilidad dispuesta en el artículo 1° de la presente se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021. Establece que la movilidad dispuesta en el artículo 32 de la ley 24.241 Buscar ley y sus modificaciones resultará de aplicación en las prestaciones acordadas al amparo de los regímenes especiales, a las que no se les aplique un incremento específico.

Sustituye el artículo 2º de la ley 26.417 Buscar ley y su modificatoria, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 2º: A fin de practicar la actualización trimestral de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24, inciso a) y las mencionadas en el artículo 97 de la ley 24.241 Buscar ley y sus modificaciones, se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5° de la ley 27.260 Buscar ley y sus modificatorias y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que elabora la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social o quien en el futuro lo sustituya.”

ANEXO

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
4219Ley Nacional ampliada en precisiones por Decreto Nacional N° 42/21 276052020

Créase, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario, obligatorio, que recaerá sobre las personas mencionadas en el artículo 2° según sus bienes existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, determinados de acuerdo con las disposiciones de la presente ley

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4218Ley Nacional 275962020

Declara Día de las Futbolistas Argentinas el 21 de agosto de cada año.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4217Ley Nacional 275922020

LEY YOLANDA 

La presente ley tiene como objeto garantizar la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública. Capacitación obligatoria en ambiente. Establece la capacitación obligatoria en la temática de ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. Lineamientos generales. La autoridad de aplicación deberá establecer dentro de los noventa (90) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley los lineamientos generales destinados a las capacitaciones resultantes de lo establecido en la presente ley, procurando que dichos lineamientos incorporen tanto las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos.

Esta Ley es modificada o complementada por#mce_temp_url#

Más información: 10.14 POLÍTICA SOCIO-AMBIENTAL: Normas Básicas
4216Ley Nacional 275902020

Crea el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.

El Programa creado tendrá como objetivo prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del grooming o ciberacoso a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) y de la capacitación de la comunidad educativa en su conjunto. A los fines de la presente ley se entiende por grooming o ciberacoso a la acción en la que una persona por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

Más información: 10.3 Convivencia-Consejo de Convivencia
4215Ley Nacional 275892020

Declara “CAPITALES ALTERNAS”, con el alcance previsto en los artículos 3º y 6º inciso e) de esta ley, a las ciudades propuestas por cada una de las provincias y enumeradas en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente. CREA, en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, el Programa “GABINETE FEDERAL”, destinado a realizar reuniones de trabajo en las provincias entre los Ministros, Ministras, Secretarios, Secretarias, funcionarios y funcionarias del Poder Ejecutivo nacional, autoridades locales y representantes de las organizaciones de la sociedad civil, con el fin de identificar las demandas de la comunidad y coordinar la implementación de políticas públicas necesarias.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4214Ley Nacional 275842020

Aprueba el PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978, adoptado por la Conferencia de las Partes en el Convenio, en la Ciudad de Londres, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, el 26 de septiembre de 1997, que consta de NUEVE (9) artículos y UN (1)

Anexo titulado “ANEXO VI - REGLAS PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA OCASIONADA POR LOS BUQUES”, el que, como ANEXO, en idioma español, forma parte de la presente ley.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4213Ley Nacional 275802020

Aprueba el CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO –CONVENIO 190–, adoptado por la Conferencia General de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, en la ciudad de Ginebra –CONFEDERACIÓN SUIZA– el 21 de junio de 2019, que consta de VEINTE (20) artículos, que como ANEXO, en idiomas francés e inglés y su traducción al español, forma parte de la presente ley.

 

Más información: 10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
4212Ley Nacional 275762020

Incorpora como incisos t), u) y v) del artículo 44 de la ley 26.061 Buscar ley, los siguientes:

t) Crear interfaces de tecnologías y plataformas digitales gratuitas y de fácil acceso destinadas a brindar

información y asesoramiento en materia de violencia, maltrato, abuso y otras vulneraciones de derechos contra

niñas, niños y adolescentes, y que promuevan su participación;

u) Establecer las directrices para la compilación y el tratamiento de la información producida por las interfaces de

tecnología y por las líneas telefónicas de atención para niños, niñas y adolescentes dependientes de los distintos

órganos administrativos de las diversas jurisdicciones;

v) Generar campañas de difusión masiva de las interfaces señaladas en el inciso t).

Más información: 10.3 Convivencia-Consejo de Convivencia
4211Ley Nacional 275752020

Declara al 29 de agosto de cada año como el Día de la Persona Donante de Órganos.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4210Ley Nacional 275742020

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por intermedio del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), deberá priorizar aquellas inversiones que tengan impacto directo en la economía real promoviendo la sostenibilidad del sistema previsional y de la economía argentina en general.

 Establece pautas a cumplir.

NOTA ACLARATORIA LEY DE DEFENSA DE LOS ACTIVOS DEL FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Ley 27574 Buscar ley

En la edición del Boletín Oficial N° 34.525 del día Jueves 19 de Noviembre de 2020, donde se publicó la citada Ley en la página 3, TI N° 57324/20, se aclara que en el Artículo 21, último párrafo donde se consigna: Las inversiones que realice la ANSES-FGS en el fondo fiduciario público serán computadas como parte del inciso 1......(1) deberá interpretarse como una (L) minúscula en razón de la tipografía.

 e. 18/12/2020 N° 65226/20 v. 18/12/2020

 Fecha de publicación 18/12/2020

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
4209Ley Nacional Modificado por Decreto Nacional N° 431/21 275732020

LEY DE VACUNAS DESTINADAS A GENERAR INMUNIDAD ADQUIRIDA CONTRA EL COVID-19

Declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria establecida por la ley 27.541 Buscar ley y ampliada por el decreto 260/20, Buscar leysu modificatorio y normativa complementaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación a la mencionada enfermedad.

El adquirente de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, objeto de esta ley, debe presentarlas a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) a los efectos de la intervención de su competencia y deben ser autorizadas por el Ministerio de Salud, quienes deberán expedirse en un plazo máximo treinta (30) días, previo a su uso en la población objetivo.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4208Ley Nacional 275702020

Modifica artículos de la Ley Nacional 27506 (Promoción de la Economía del conocimiento), 2°; de 4° a 12°; 14° a 15°; se incorpora el artículo 15° bis; de 16° a 20° y 22°.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4207Ley Nacional 275682020

Ejercicio profesional, fonoaudiólogos, matrícula profesional, título habilitante, Derecho civil.

Se considera ejercicio profesional de la fonoaudiología a las siguientes actividades: promoción, prevención, estudio, exploración, investigación, evaluación por procedimientos subjetivos y objetivos que permitan el diagnóstico, pronóstico, seguimiento, tratamiento, habilitación y rehabilitación de las patologías de la comunicación humana en las áreas de: lenguaje, habla, audición, voz, fonoestomatología entendida como funciones orales de succión, masticación, sorbición y deglución para el tránsito de la saliva y las relacionadas con la ingesta de la alimentación, e intervención temprana entendida como acciones de neurohabilitación para desarrollar las funciones que sustentan la comunicación y el lenguaje.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4206Ley Nacional Vinculada con Ley N° 27621 en su artículo 24° 275662020

Aprueba el ACUERDO REGIONAL SOBRE EL ACCESO A LA INFORMACIÓN, LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y EL ACCESO A LA JUSTICIA EN ASUNTOS AMBIENTALES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE, celebrado en la Ciudad de Escazú –REPÚBLICA DE COSTA RICA–, el 4 de marzo de 2018, que consta de VEINTISÉIS (26) artículos y UN (1) anexo, el que, como ANEXO, en idioma español, forma parte de la presente ley.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4205Ley Nacional Reglamentada por Decreto Nacional N° 822/20. 275582020

Crea el Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los Espacios Marítimos e Insulares Correspondientes, en el ámbito de la Presidencia de la Nación.

 

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4204Ley Nacional 275552020

La presente ley tiene por objeto establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares características, lo permitan. Los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas. Incorpórese al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 Buscar ley (t.o. 1976) y sus modificatorias, el siguiente texto:

Capítulo VI - Del Contrato de Teletrabajo

Artículo 102 bis: Concepto. Habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, en los términos de los artículos 21 y 22 de esta ley, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación.

Compensación de Gastos. La persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar. Dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del pago del impuesto a las ganancias establecido en la ley 20.628 Buscar ley (t. o. 2019) y sus modificatorias.

Más información: 40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
4203Ley Nacional 275542020

Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de Pacientes Recuperados de COVID-19.

La presente ley tiene por objeto promover la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de COVID-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran, según los protocolos vigentes autorizados por la autoridad de aplicación.

Creación del Registro Nacional de Pacientes Recuperados de COVID-19 donantes de plasma. Se crea el Registro Nacional de Pacientes Recuperados de COVID-19, donantes de plasma. Los donantes de plasma sanguíneo y que sean trabajadoras/es que se desempeñen bajo relación de dependencia, en el ámbito público o privado, gozarán de una licencia especial remunerada de dos (2) días por cada donación de plasma que realicen, debiendo acreditar tal circunstancia ante el/la empleador/a mediante la presentación del certificado expedido por el centro de salud interviniente. Esta licencia no podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni la pérdida del presentismo, ni cualquier otro beneficio laboral o adicional salarial que perciba el/la trabajador/a.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4202Ley Nacional Ver Ley Provincial N°5786 275532020

Recetas electrónicas o digitales.

La presente ley tiene por objeto:

a) Establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional;

b) Establecer que puedan utilizarse plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la ley 25.326 Buscar ley de Protección de los Datos Personales y la ley 26.529 Buscar ley de Derechos del Paciente.

Toda prescripción electrónica o digital y plataforma de teleasistencia en salud que reúnan los requisitos técnicos y legales son válidas de acuerdo a la legislación vigente que no se encuentre modificada por la presente ley.

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4201Ley Nacional Reglamentada por Decreto Nacional N° 884/20 275522020

Declárese de interés nacional la lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis, entendiéndose por tal a la detección e investigación de sus agentes causales, el diagnóstico, tratamiento, su prevención, asistencia y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, como así también la educación de la población respecto de la misma.

 La presente ley tiene por finalidad establecer el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural, conforme lo previsto en la Constitución nacional. Asimismo, por tratarse de una discapacidad visceral que no tiene cura, contarán con una protección integral no solo a nivel diagnóstico y tratamiento médico desde el nacimiento, sino a todo nivel para lograr su adecuada integración social.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4200Ley Nacional 275502020

Modifica artículo 109 de la Ley Nacional 26206 de Educación.

Los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos sólo pueden impartirse a partir de los dieciocho (18) años de edad. Para la modalidad rural y conforme a las decisiones jurisdiccionales, podrán ser implementados a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario.

Excepcionalmente, previa declaración fundada del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, o con la jurisdicción según corresponda, cuando la escolaridad presencial - total o parcial - sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, sólo en esos casos será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de dieciocho (18) años de edad.

Más información: 21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales.  Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
4199Ley Nacional Vinculada con la Resolución N° 34/22 del ANSES 275492020

BENEFICIOS ESPECIALES A PERSONAL DE SALUD, FUERZAS ARMADAS, DE SEGURIDAD Y OTROS ANTE LA PANDEMIA DE COVID-19

 

Exención de impuestos y Pensión graciable y vitalicia para los familiares

 Establece una pensión graciable de carácter vitalicio para los familiares de los/las profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la Actividad Migratoria; de la Actividad Aduanera; Bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que habiendo prestado servicios durante la emergencia sanitaria establecida por el Decreto N° 260/2020 y las normas que lo extiendan, modifiquen o reemplacen, cuyos decesos se hayan producido en el período comprendido entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia de haber contraído coronavirus COVID-19. La pensión que se establece por la presente ley es compatible con cualquier otro beneficio que le corresponda al beneficiario conforme el Sistema Integrado Previsional Argentino vigente al momento del fallecimiento.

Establece procedimientos y montos a percibir.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4198Ley Nacional 275482020

Declaración de Interés Nacional.

Declárese prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de coronavirus COVID-19.

Crea el Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19, sujeto a las disposiciones de la presente ley y toda normativa elaborada por la autoridad de aplicación que establezca el Poder Ejecutivo nacional, cuyo objetivo principal sea la prevención del contagio de Coronavirus COVID-19 entre el personal de salud que trabaje en establecimientos de salud de gestión pública o privada, y entre los trabajadores y voluntarios que presten servicios esenciales durante la emergencia sanitaria.

 

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4197Ley Nacional 275462020

Régimen jubilatorio, Poder Judicial de la Nación, magistrados judiciales, funcionarios judiciales, Ministerio Público, servicio exterior de la Nación, funcionarios del Servicio Exterior de la Nación, Seguridad social, Derecho constitucional, Derecho procesal, Derecho internacional.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4196Ley Nacional 275452020

Ley de Góndolas

Productos, productos alimenticios, productos de higiene personal, PYMES, ley de góndolas, defensa de la competencia, lealtad comercial, Derecho civil, Actividades económicas, Economía y finanzas, Derecho Comercial.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4195Mútiple 62020

Dirección General de Educación

Acciones de Continuidad pedagógica a partir de las normas provinciales de suspensión de actividades educativas.

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4194Nota Múltiple 7292020

Informa sobre alta automática a docentes que se encuentran bajo licencia por artículo 9 de la Resolución 233/98 (Maternidad).

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4193Nota Múltiple 6742020

Mantiene vigente los artículos 2 y 3 de la Resolución 1434/16, de toma de posesión automática para quienes se encuentran con licencias específicas.

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4192Nota Múltiple 5512020

De Vocalía del CPE sobre observaciones en relación al punto 28 de la Resolución 1080/92.

Más información: 11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
4191Nota Múltiple 322020

19- 06-2020 Ministerio de Educación  y Derechos Humanos de Río Negro 

El seguro contratado por el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, es Aseguradora “Horizonte”.

Si el/la docente sufre una contingencia en su hogar y en ocasión de estar prestando su débito laboral para con el Ministerio, dicho siniestro estará cubierto por la ART contratada. De allí que resulte primordial que el/la docente tenga actualizado su domicilio en el Sistema LUA.

Más información: 18.2 Aseguradora y Superintendencia de Riesgo de Trabajo (ART-SRT)
4190Resolución 54682020

Se declara el día 27 de julio, Día Provincial del Trabajador Profesional de la Montaña, en conmemoración de la desaparición física del pistero, socorrista jefe de equipo Don Mario Ruiz, que perdió la vida en cumplimiento de su deber en el Centro de Esquí del Cerro Catedral de la Provincia de Río Negro.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4189Resolución 54612020

Se declara de interés público provincial la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de COVID-19, para el ensayo clínico destinado al tratamiento de los pacientes que lo requieran, según los protocolos vigentes autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación y todos los que los reemplacen.

Más información: 19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
4188Resolución Modificado por Resolución N° 2117/21 42452020

DESAFECTA de la Resolución N° 3915/20 - Nómina de vacantes asignadas al Concurso de Ingreso Nº 63 – 1°-2° y 3° Llamado simultáneos- Cargos Técnicos de Asistencia Pedagógica (ETAP) y Cargos Técnicos de la Modalidad de Educación Especial y Formación Cooperativa y Laboral – Nivel Primario- Año 2020, los cargos que se consignan en el Anexo I de la presente. INCORPORA a la Resolución N° 3915/20 - Nómina de vacantes asignadas al Concurso de Ingreso Nº 63 – 1°-2° y 3° Llamado simultáneos - Cargos Técnicos de Asistencia Pedagógica (ETAP) y Cargos Técnicos de la Modalidad de Educación Especial y Formación Cooperativa y Laboral – Nivel Primario- Año 2020, los cargos que se consignan en el Anexo II de la presente. RECTIFICA de la Resolución N° 3915/20 - Nómina de vacantes asignadas al Concurso de Ingreso Nº 63 – 1°-2° y 3° Llamado simultáneos- Cargos Técnicos de Asistencia Pedagógica (ETAP) y Cargos Técnicos de la Modalidad de Educación Especial y Formación Cooperativa y Laboral – Nivel Primario- Año 2020, según se consigna en el Anexo III de la presente.

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4187Resolución Modificado por Resolución N° 2117/21 42022020

DESAFECTAR de la nómina de vacantes asignadas al Concurso de Ingreso a la Docencia Nº 63 – 1º - 2º y 3º llamado simultáneos – (ETAP) – Nivel Inicial – Resolución Nº 3937/20, los cargos de los /as docentes que se encuentren a un año de Jubilarse, por Resolución Nº 2044/18, y que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4186Resolución Modificado por Resolución N° 624/21 y vinculada a la Resolución N° 2117/21 41882020

RECTIFICA del ANEXO I de la Resolución Nº 3897/20 Nómina de Vacantes asignadas al Concurso de Ingreso a la Docencia para Técnicos y Técnicas en cargos de ETAP de Educación Secundaria, los turnos de las vacantes que se detallan. DESAFECTA del ANEXO I de la Resolución Nº 3897/20 - Nómina de Vacantes asignadas al Concurso de Ingreso a la Docencia para Técnicos y Técnicas en cargos de ETAP de Educación Secundaria, los turnos de las vacantes detalladas y por aplicación de la Ley Provincial 5059/15, las vacantes detalladas.

ESTABLECE LA RESERVA BAJO EL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN N° 2044/18, con alta diferida de la vacante que figuran en el Anexo I de la Resolución Nº 3897/20 Nómina de Vacantes asignadas al Concurso de Ingreso a la Docencia para Técnicos y Técnicas en cargos de ETAP de Educación Secundaria. 

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4185Resolución 41262020

AUTORIZA, a partir del Ciclo Lectivo 2021, el funcionamiento del Nivel de Educación Secundaria del “Colegio FASTA Bariloche A-067”, Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino, de la localidad de San Carlos de Bariloche. DETERMINA, que la denominación del Nivel de Educación Secundaria del Establecimiento será “Escuela Secundaria Río Negro – Colegio FASTA Bariloche A – 067”. La “Escuela Secundaria Río Negro - Colegio FASTA Bariloche A-067”, de la localidad de San Carlos de Bariloche, la Estructura Curricular de la Formación General del Anexo I de la Resolución Nº 3991/16 y del Diseño Curricular Resolución Nº 945/17, según se detalla en el Anexo II de la presente.

Más información: 10.9.1 NIVEL SECUNDARIO: Transformación de Escuelas de Nivel Secundario
4184Resolución 41242020

APRUEBA el Diseño Curricular Jurisdiccional de “Operador/a en Sistemas de Comunicación de Emergencias”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El título a otorgar será: “Operador/a en Sistemas de Comunicación de Emergencias

Más información: 17.1 De Tecnicaturas: Carreras
4183Resolución 41222020

APRUEBA el Diseño Curricular Jurisdiccional de la Tecnicatura Superior en Gestión Jurídica Contable, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El título a otorgar será: “Técnico Superior en Gestión Jurídica Contable”.

Más información: 17.1 De Tecnicaturas: Carreras
4182Resolución 41212020

DECLARA de Interés Educativo el trayecto con modalidad autogestionado “La Nueva Cotidianeidad Educativa. Condiciones para el regreso a las escuelas: Criterios sanitarios, de seguridad, higiene, de organización escolar y pedagógica”, destinado a Supervisores/as- Equipos directivos - Equipos técnicos - Docentes de todos los Niveles y modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Rio Negro, a desarrollarse durante el Segundo Cuatrimestre 2020 y Primer Cuatrimestre 2021, a través del campus virtual de Formación Permanente del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, con una carga horaria de 15 horas cátedra

Más información: 5 CAPACITACIÓN DOCENTE: Organismos. Certificaciones. Requisitos
4181Resolución Modificado por Resolución N° 606/21- Vinculada a Resolución N° 1152/21 41202020

Calendario Escolar 2021

APRUEBA el Calendario Escolar 2021 para todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, en el marco de las Resoluciones Nº 3560/20 y 3561/20 del CPE, que obra en los ANEXOS (I-II-III) que se detallan y que forman parte de la presente norma.

Más información: 2.8 Calendario escolar