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4728Resolución 12222022

MODIFICA el Artículo 2º de la Resolución Nº 5933/21, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 “ARTÍCULO 2°. DETERMINAR que para acceder al Beneficio Jubilatorio, los y las Docentes que se encuentren en condiciones de acceder al mismo, deberán presentar la renuncia condicionada, definitiva o el dictamen de la Comisión Médica para el supuesto de retiro por invalidez y la Solicitud de Adhesión firmada que como Anexo II forma parte del presente.-”

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
4727Resolución 12072022

DETERMINA que quienes se desempeñan en el Área No Formal de los establecimientos de la Modalidad Técnica con especialidad Técnico en Producción Agropecuaria como Animador Rural de Jornada Simple o Completa, en situación de revista suplente/ interina condicional por no estar normadas las incumbencias de títulos que permiten la Inscripción oficial en la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria al momento de la designación, pasarán a revistar en carácter de Interinos y/o suplentes, según corresponda.

Se establecen requisitos y procedimientos de cambio de situación de revista y ENCOMIENDA a la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria la elaboración de las bases para acceder al cargo de Coordinador del Área de Educación No Formal de los Establecimientos de Educación Técnica, especialidad Técnico en Producción Agropecuaria.

Más información: 11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
4726Resolución 12012022

DEJA SIN EFECTO, el Artículo 1º de la Resolución Nº 1364/21.

ESTABLECE, a partir de la presente, que los cargos docentes de la ESRN Rural Virtual de la Sede Central, dependen pedagógicamente de la coordinación de la ESRN Rural Virtual que a su vez depende de la Dirección de Educación Secundaria. Las vacantes de la ESRN Rural Virtual, serán ofrecidas en la primer Asamblea de Interinatos y Suplencias conjuntamente con la totalidad de las vacantes de las escuelas dependientes de la Supervisión de Educación Secundaria Valle Inferior Zona II de la localidad de Viedma.

Más información: 10.9.2 NIVEL SECUNDARIO: CEM Rural -CEM Virtual- ESRN VIRTUAL
4725Resolución vinculada a Resolución N°1360/19 12002022

Da continuidades a cargos y APRUEBA, los lineamientos para la solicitud de apertura de las sedes/parajes que  deseen ingresar a la ESRN Rural Virtual, como figuran en la Resolución 1360/19 Anexo III.

Más información: 10.9.2 NIVEL SECUNDARIO: CEM Rural -CEM Virtual- ESRN VIRTUAL
4724Resolución 11362022

APRUEBA el instructivo de realización de las PRIMERAS ASAMBLEAS DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS (Periodo RIE/COMÚN) de febrero de 2022, en el marco de la Resolución N° 1080/92 T.O. 100/95, el que se incorpora como Anexo I a la presente resolución.

Más información: 11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
4723Resolución 11342022

Que mediante Resolución Nº 3558/18 se aprueba la convocatoria a Concurso de Antecedentes y Oposición para la designación de profesores/as titulares en los Institutos de Formación Docente Continua de la Provincia de Río Negro. APRUEBA las Nómina de Docentes que integran los Órdenes de Mérito resultantes del Concurso de Antecedentes y Oposición para la designación de profesores/as titulares en los Institutos de Formación Docente Continua de la Provincia de Río Negro, convocado por la Resolución Nº3558/18, que como Anexo I forman parte integrante de la presente; la nómina de cargos declarados desiertos y define que los docentes deberán encuadrarse en los requisitos indicados en las Resoluciones Nº 2622/15 (antecedentes y Reincidencia) , Nº 1930/15 (Psicofísico) y Nº 2059/16 (preocupacional) y en el Régimen de Compatibilidad establecido en la Ley Nº 391 Buscar ley, el Decreto Nº 1095 y la Resolución Nº 1403/10, presentando la Declaración Jurada de Cargos y Actividades y Formularios de Renuncias que correspondiere, actos administrativos que resultarán previos a la efectivización de la toma de posesión de lo adjudicado.

Más información: 17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones
4722Resolución 10372022

RECTIFICA a partir de la presente, el Artículo 1º de la Resolución Nº 5126/21, que quedará redactado de la siguiente manera:

 “ARTÍCULO 1º.- DETERMINAR que, a partir del 01 de Febrero del año 2022, el CENTRO DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 35 (Categoría 3ra. “D”) de El Manso comenzará a funcionar dentro del período escolar Receso Invernal Extendido (RIE)”.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4721Resolución vinculada a Resolución N° 5950/21 10072022

AMPLIA los alcances del Artículo 10º de la Resolución Nº 5950/21, para  los cargos Secretario/a y Jefe de Preceptores, permitiéndoles alcanzar hasta el máximo compatible. 

DETERMINA que lo resuelto precedentemente, se aplicará para el desarrollo de los concursos de ascenso: Concurso Nº 185-Secretario/a, Nº 197- Jefe de Preceptores, Nº 200 Jefe de Sección y Nº 207- Jefe General de Enseñanzas Prácticas.

Más información: 9 CONCURSOS: De ingreso, de ascenso. Bases de Concursos para Nivel Inicial, Primario y Secundario- Titularizaciones-
4720Resolución 8232022

RECTIFICAR a partir de la presente, el Artículo 9º de la Resolución Nº 5950/21, elque quedará redactado de la siguiente manera:

 "ARTÍCULO 9°.- ESTABLECER que el listado para Jefe de sección y Jefe General de Enseñanza Práctica será el establecido dentro de la modalidad técnica, acorde a la Especialidad del cargo ofrecido."

Más información: 15 ESTATUTO DEL DOCENTE: Contrato de trabajo. Normas modificatorias
4719Resolución 7052022

Ministerio de Salud de Nación

Establece recomendaciones de cuidado generales para la prevención de Covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas:

a. Continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.

b. Asegurar la ventilación de los ambientes.

c. Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.

d. Ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público.

 

Deja sin efecto el distanciamiento social de DOS (2) metros.

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4718Resolución 5862022

APRUEBA el Programa Escuela Presente “Construyendo Igualdades” dirigido a todos los alumnos y establecimientos de educación Especial, Inicial, Primario, Secundario y, en casos excepcionales, alumnos del Nivel Superior de Institutos y Organizaciones Educativas dependientes del Ministerio de Educación y DDHH para el ciclo lectivo 2.022, conjuntamente con Anexos I y II que forman parte de la presente. APRUEBA la continuidad de las Líneas de Asistencia y Acompañamiento y de Gestión Institucional del Programa Escuela Presente “Construyendo Igualdades.” IMPLEMENTA el Programa en todos los establecimientos educativos, con atención prioritaria a aquellos estudiantes que se encuentren insertos en contextos rurales y/o situaciones de marginalidad y vulnerabilidad social en cumplimiento al Anexo I de la presente.

Más información: 10. 11.2 Planes de Estudio: PROGRAMAS Provinciales y Nacionales
4717Resolución 4512022

Ministerio de Educación de la Nación 

Aprueba el Documento “Procedimiento y componentes para la Validez Nacional” de los títulos y certificados de estudios presenciales y a distancia de la Educación Obligatoria y de la Educación Superior y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, a excepción de los emitidos por las Universidades e Institutos Universitarios, que como Anexo forma parte de la presente medida.

 

Solicitar a cada jurisdicción la designación de un referente técnico institucional que entienda en los temas relativos a la validez nacional de los títulos y/o certificados de estudios y al Sistema Federal de Títulos para su interacción con la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y CALIDAD.  Delega en la titular de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN la facultad de dictar los actos administrativos que fueran necesarios para la aplicación del documento aprobado en el Artículo 1° y Deja sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 942/18, N° 170/18, N° 3433/19 y Nº 3883/19 y toda otra norma emitida por esta cartera que se oponga al documento aprobado por la presente medida.

Más información: 36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
4716Resolución 4382022

Consejo Federal de Educación.

Aprueba el documento “Marco de referencia para la definición de las ofertas formativas y los procesos de homologación de certificaciones”, correspondiente al perfil profesional de: “COSMETÓLOGO/A ESTETICISTA”, que se incorpora como Anexo I en la presente resolución y el documento “Marco de referencia para los procesos de homologación de títulos de Nivel Secundario”, correspondiente al “SECTOR DE MINERÍA E HIDROCARBUROS”, que se incorpora como Anexo II en la presente resolución.

Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
4715Resolución 4372022

Consejo Federal de Educación - TITULOS DE BACHILLER PROFESIONAL ETP

Establece que la denominación del Título de la Educación Profesional Secundaria se regirá por los siguientes criterios:

-          Se explicitará como “Bachiller Profesional en” y seguidamente se completará la denominación con el sector de la familia profesional correspondiente al/los marco/s de referencia vinculados a los certificados de Formación Profesional que son eje de la trayectoria de Educación Profesional Secundaria, según la Resolución CFE N° 409/21 y 428/22.

-          El título se emitirá una vez finalizada y aprobada la trayectoria formativa completa. Ello permitirá emitir, también, el/los certificados/s de Formación Profesional Inicial correspondiente/s.

Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
4714Resolución 4352022

Consejo Federal de Educación

Aprueba el PLAN NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA 2023-2024 cuyos lineamientos integran, como anexo, la presente resolución.

Más información: 6 CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Comisión. Evaluación
4713Resolución 4332022

Designa representantes de los Consejos Consultivos de este CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, previstos en el artículo 119° de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, conforme el anexo que forma parte de la presente Resolución.

Más información: 21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales.  Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
4712Resolución 4322022

PRUEBAS APRENDER EDUCACIÓN PRIMARIA

Consejo Federal de Educación

Aprueba la realización del operativo de evaluación educativa APRENDER 2022 – Nivel Primario, 6to. año; incluyendo una prueba piloto y una evaluación de tipo muestral, el cual se adicionará al “Plan Nacional de Evaluación Educativa 2021-2022”, aprobado por la Resolución CFE N° 396/21. Establece que la realización de la prueba piloto se llevará a cabo entre el 12 y el 16 de septiembre de 2022 y que la evaluación muestral se realizará el día 23 de noviembre de 2022.

Más información: 6 CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Comisión. Evaluación
4711Resolución 4312022

Acuerda el calendario escolar 2023, con al menos CIENTO NOVENTA (190) días efectivos de clases, que como anexo forma parte de la presente medida (*).

(*) La información sobre las fechas específicas en cada Jurisdicción será establecida conforme las normativas locales vigentes en la materia e informadas a la Secretaría General del organismo para su publicación en este anexo.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4710Resolución 4302022

Aprueba la modificación del “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE INICIAL PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL”, y del correspondiente plan de estudios, conforme los términos indicados en los anexos I y II que forman parte de la presente resolución. Faculta al INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, en acuerdo con la COMISIÓN FEDERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL, a realizar los ajustes necesarios en función de la evaluación de los resultados y la mejora de su implementación. Establece que, a partir de la fecha de la presente resolución, las autoridades de las jurisdicciones educativas podrán acordar con el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA su incorporación al presente Programa Nacional en forma total o parcial, suscribiendo a tal fin un Acta Complementaria al CONVENIO MARCO vigente, todo ello con arreglo a lo enunciado en los anexos de esta resolución.

Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
4709Resolución 4292022

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 27.642 de aplicación en los entornos escolares, y acorde a los plazos establecidos en el artículo 19 de la referenciada Ley, cada jurisdicción determinará, progresivamente, en coordinación con los respectivos Ministerios de Salud y en diálogo con sectores productivos, las acciones correspondientes teniendo en consideración los cambios en la naturaleza de los productos y su disponibilidad en el mercado.  El MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y con la contribución del CONSEJO DE ACTUALIZACIÓN CURRICULAR, garantizará la incorporación de contenidos que contribuyan al desarrollo de hábitos de alimentación saludable y que adviertan sobre los efectos nocivos de la alimentación inadecuada, y a través del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE y de las diversas áreas de su competencia, en el marco del “Programa Nacional de Formación Permanente Nuestra Escuela”, desarrollará instancias de formación, brindará asistencia técnica para funcionarios y equipos técnicos de las jurisdicciones educativas, y garantizará la provisión de recursos pedagógicos para los establecimientos educativos.

Las autoridades educativas se comprometen a promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos de nivel inicial, primario y secundario del país; y a desarrollar acciones para fortalecer las instancias de formación periódica de las personas que intervienen en el proceso de manipulación, elaboración y atención del servicio alimentario de los establecimientos educativos.

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4708Resolución 4282022

Consejo Federal de Educación-CFE-

Nueva trayectoria formativa de Educación Técnico Profesional que integra los lineamientos curriculares de la EDJA.

Establece una nueva trayectoria formativa propia de la modalidad de Educación Técnico Profesional cuyo diseño, desde la perspectiva de la Formación Profesional, integra a ella los lineamientos curriculares de la EDJA, como opción pedagógica para la población encuadrada en la Educación de Jóvenes y Adultos.

Encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, en acuerdo con la Comisión Federal de Educación Técnico Profesional, que establezca los lineamientos institucionales y curriculares orientados por propósitos de la Resolución CFE N° 409/21, considerando los lineamientos de la Resolución CFE N° 308/16.

Más información: 10.9.3 NIVEL SECUNDARIO: Educación para Jóvenes y Adultos
4707Resolución 4272022

Consejo Federal de Educación – CFE-

Instituye el “Sistema Nacional de Evaluación, Certificación y Acreditación Integral de la Educación Técnico Profesional”, que tendrá propósitos y aspectos constitutivos, de quienes lo integran, proceso, relación y funcionamiento de las partes, instrumentos, etc.

Más información: 6 CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Comisión. Evaluación
4706Resolución 4262022

Consejo Federal de Educación – CFE-

Implementación de la jornada completa o extendida en las escuelas primaria

La Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a implementar todas las acciones necesarias para avanzar hacia la universalización de la jornada completa o extendida en las escuelas primarias, o bien a adoptar la modalidad de extensión horaria que las lleve a un mínimo de VEINTICINCO (25) HORAS semanales como estrategia escalonada hacia dicha universalización.

La ampliación horaria adicional, mencionada será destinada prioritariamente al fortalecimiento de la producción escrita, la comprensión lectora y la alfabetización matemática y científica.

El MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN contribuirá con, al menos, el OCHENTA POR CIENTO (80%) del financiamiento en la diferencia de los salarios brutos de docentes y equipos directivos que demande la implementación de la extensión horaria en las escuelas primarias de gestión estatal que amplíen su jornada a partir de la presente medida durante CINCO (5) años.  Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribirán convenios con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN para la ejecución de lo establecido.

Más información: 10.8 NIVEL PRIMARIO
4705Resolución 4252022

Consejo Federal de Educación

Aprueba el Documento: “PAUTAS PARA LA REGULACIÓN DE INGRESO DE ESTUDIANTES EN LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN DOMICILIARIA Y HOSPITALARIA FRENTE A SITUACIONES COMPLEJAS. DEFINICIÓN DE INCUMBENCIAS Y CAMPOS DE ACCIÓN CONJUNTA”, que, como Anexo integra la presente resolución.

Encomienda a cada jurisdicción la implementación de las acciones necesarias para el trabajo interdisciplinario con otras áreas y/o ministerios, en cumplimiento de la presente resolución, considerando las situaciones establecidas en el Anexo mencionado: padecimiento psíquico, personas gestantes, con limitaciones de movilidad, con discapacidad.

Más información: 11.2 MAESTROS/AS DOMICILIARIOS y HOSPITALARIOS
4704Resolución 4242022

Consejo Federal de Educación

Las autoridades educativas se comprometen a garantizar, de forma obligatoria, contenidos específicos de educación vial, desde el nivel inicial, en los establecimientos educativos dependientes de sus jurisdicciones. Fortalecer el “Programa Permanente de Educación Vial”, y Adherir al “Plan Federal de Educación Vial 2022”, creado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Más información: 10.7 NIVEL INICIAL
4703Resolución 4232022

Consejo Federal de Educación (19-4-22)

Aprueba los “Lineamientos Estratégicos para la República Argentina 2022-2027 por una Educación Justa, Democrática y de Calidad”, que como anexo forma parte integrante de la presente medida.  El MINISTERIO DE EDUCACIÓN de LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas jurisdiccionales acordarán metas bianuales a alcanzar en 2023, 2025 y 2027 las que serán formalizadas en un convenio bilateral de compromiso. Anualmente, se elaborarán planes operativos para el logro de los objetivos nacionales y metas acordadas, en función de las normativas vigentes y las necesidades y realidades de las Jurisdicciones.

Más información: 6 CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Comisión. Evaluación
4702Resolución 4222022

Consejo Federal de Educación-

PROGRAMA FEDERAL AULAS TALLERES MÓVILES

 Aprueba el Programa Federal Aulas Talleres Móviles para la Educación Técnico Profesional (ATMETP) en los términos indicados en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución. Establece que el Programa aprobado por el artículo 1° tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la aprobación de la presente medida y su renovación estará sujeta a una evaluación de resultados.    

Más información: 10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
4701Resolución 4202022

Consejo Federal de EDucación

Incorpora al Calendario Escolar la ceremonia de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional a realizarse el primer día hábil siguiente al 1° de mayo de cada año, complementada con una instancia previa de aprendizaje, reflexión y evaluación en materia constitucional que establecerá cada jurisdicción, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27.505.

La Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional referida en el artículo anterior la efectuarán las alumnas y los alumnos de la educación secundaria de todos los establecimientos del Sistema Educativo Nacional cualquiera fuere su modalidad y gestión conforme lo dispuesto por la Ley N° 27.505 y la legislación vigente en cada Jurisdicción.

Más información: 2.8 Calendario escolar
4700Resolución 4192022

Consejo Federal de Educación 

Reafirma que la Educación Sexual Integral (ESI), en tanto política de Estado, constituye un aporte necesario y fundamental para la construcción de una sociedad diversa, justa e igualitaria ratificando, a su vez, el compromiso de las máximas autoridades educativas de la República Argentina, reunidas en este organismo, para fortalecer, extender y profundizar la implementación de la Educación Sexual Integral en cumplimiento de lo previsto en la Ley N° 26.150 y de toda la normativa vigente que la complementa. El Ministerio de Educación de la Nación junto con los Ministerios de Educación jurisdiccionales se comprometen a garantizar y promover acciones de formación docente para la actualización en Educación Sexual Integral en función del artículo 3, inciso b de la Ley N° 26.150 que establece el objetivo de “Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral”. El Ministerio de Educación de la Nación junto con los Ministerios de Educación jurisdiccionales se comprometen a articular acciones para la producción y actualización de materiales educativos para el abordaje de la Educación Sexual Integral en todos los niveles y modalidades.

 

Más información: 10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
4699Resolución 4172022

Las Jurisdicciones Educativas efectuarán la adecuación de sus respectivos Calendarios Escolares para el ciclo lectivo 2022, teniendo en cuenta el nuevo feriado nacional correspondiente al CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020, con el fin de cumplimentar el mínimo de 190 días de clases acordado por Resolución CFE N° 405/2021.

 

Más información: 2.8 Calendario escolar
4698Resolución 4162022

Consejo Federal de Educación

Presencialidad plena y recomendaciones covid19

Aprueba el documento “Recomendaciones para el manejo y control de COVID-19 en establecimientos educativos”, elaborado en forma conjunta y como recomendación a las Jurisdicciones por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud de la Nación que, como anexo I, forma parte de la presente resolución. Las autoridades educativas y sanitarias de la Nación y las Jurisdicciones desarrollarán las estrategias y acciones conjuntas analizadas en la reunión entre los Consejos Federales de Salud (COFESA) y Educación (CFE) para coordinar la provisión de insumos y garantizar las condiciones sanitarias necesarias en los establecimientos educativos.  Recomienda a las Jurisdicciones Educativas la elaboración de programas pedagógicos especiales en articulación con la Secretaría de Educación de la cartera educativa nacional, para acompañar y garantizar el derecho a la educación y la trayectoria escolar a los/las estudiantes que por indicación médica fundada pueda presentar algún riesgo para su salud el contagio del COVID-19 ocasionado por la asistencia a las instituciones educativas.

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4697Resolución 2402022

Ministerio de Trabajo Nación

Homologa el Convenio Marco de fecha 21 de febrero de 2022 ratificado por Acta del 25 de febrero de 2022, concertado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del ESTADO NACIONAL y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP).

Más información: 40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
4696Resolución 1742022

ANSES

Extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo de adhesión al régimen especial de regularización de deudas previsionales establecido por la Ley N° 26.970 y prorrogado por la Resolución N° RESOL-2019-158-ANSES-ANSES de fecha 26 de junio de 2019, para las mujeres que cumplieran la edad jubilatoria determinada en el artículo 37 de la Ley N° 24.241 y fueran menores de 65 años. La extensión del plazo establecido en la presente quedará sin efecto, de pleno derecho, si durante su transcurso entrara en vigencia un nuevo régimen para el acceso a las prestaciones previsionales, a través de un plan de regularización de deuda previsional.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
4695Resolución 422022

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

Que, el artículo 24 de la Ley N° 27.675, creó un Régimen de Jubilación Especial de carácter excepcional para las personas con VIH y/o hepatitis B y/o C.

A fin de alcanzar el requisito de tiempo de servicios con aportes necesarios para la obtención de la jubilación especial instituida en el artículo 24 de la Ley N° 27.675, se tendrán en cuenta las disposiciones que se detallan en la presente norma.

Más información: 20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
4694Resolución Vinculada a la Ley Nacional N° 27549 342022

ANSES

Pensión Graciable vitalicia para los familiares del Personal de Salud, Fuerzas Armadas, Seguridad y otros fallecidos por Coronavirus (COVID 19).

Establece procedimientos y cobertura. 

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
4693Resolución 282022

Aprueba el PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DEL USO Y LA NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE LOS TEST INDIVIDUALES DE AUTOEVALUACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE SARS-CoV-2 (COVID-19), de acuerdo al ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución. Aprueba las CONDICIONES DE EMPAQUE Y PRODUCTO de acuerdo al ANEXO II   que forma parte integrante de la presente resolución. Establece que, dado el contexto epidemiológico, las jurisdicciones, en acuerdo con la autoridad sanitaria nacional, podrán considerar como casos confirmados de COVID-19 a aquéllos cuyo test de autoevaluación para la detección del SARS-CoV-2 (COVID-19) hayan resultado positivo. La totalidad de los resultados de los test de autoevaluación deberán ser notificados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS), de acuerdo a lo dispuesto en el ANEXO I - PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DEL USO Y LA NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE LOS TEST INDIVIDUALES DE AUTOEVALUACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE SARS-CoV-2 (COVID-19)- que se aprueba por el artículo 1 de la presente.

Más información: 18 LICENCIA y JUSTIFICACIONES de INASISTENCIAS: Reglamento general. Acuerdos paritarios.
4692Resolución 272022

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Se pone en conocimiento las recomendaciones elaboradas por el MINISTERIO DE SALUD para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19, que se detalla en los artículos siguientes

Más información: 18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
4691Resolución 252022

Homologa el Acta Acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2021 concertado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en representación del ESTADO NACIONAL y la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CTERA), la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS (UDA), la CONFEDERACIÓN DE EDUCADORES ARGENTINOS (CEA), la ASOCIACIÓN DEL MAGISTERIO DE ENSEÑANZA TÉCNICA (AMET) y el SINDICATO ARGENTINO DE DOCENTES PARTICULARES (SADOP), por los sindicatos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Más información: 40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
4690Acuerdo Marco 152021

ACTA PARITARIA  DEL 16-12-2021

Designaciones:

La Gremial Plantea que sólo se realice presencial o combinada, no aceptando la asamblea virtual a menos que sea por cuestiones epidemiológicas. A partir de ello la Sra. Ministra manifiesta que podría plantearse sólo como asambleas combinadas. A solicitud del gremio se llevará adelante un simulacro de las asambleas combinadas para analizar su procedimiento con la participación gremial. Se acuerda que sean en formato combinado, por sistema con la presencialidad o no del docente según su opción personal.

 

Propuesta a tener en cuenta en el modelo combinado

Más información: 11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
4689Circular 382021

CIRCULAR DPA N° 38/21

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPAI

BASE IMPONIBLE - Relación DE DEPENDENCIA

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 26/21

 

Al respecto se informa que, se fija a partir del devengado septiembre 2021, la base imponible mínima y máxima previstas en el primer párrafo del arto 9 de la Ley N° 24.241, texto según la Ley N° 26.222, quedando establecida en la suma pesos ocho mil setecientos treinta con sesenta y siete centavos ($ 8.730,67) Y pesos doscientos ochenta y tres mil setecientos cuarenta y dos con sesenta centavos ($ 283.742,60), respectivamente. En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes Nro. 24.016; 24.018; 22.731 Y22.929  y los Decretos Nro. 137105 y 160105, el cálculo de los aportes con destino al SIPA se efectuará sin considerar el limite máximo para .su base imponible.

Más información: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones